El director de Impuestos Internos explica los beneficios del sistema, oficializado por decreto del Poder Ejecutivo, e informa que el umbral de 8.7 millones de pesos para poder beneficiarse del RST será indexable cada año por inflación.
Publicado: 05/08/2019
<p><strong>Magín Díaz: Nuevo</strong><strong> Régimen Simplificado</strong></p>
<p><strong>SANTO DOMINGO,02agosto2019</strong><strong>-.</strong> paraayudaralosmicroempresarios,personasfísicasyjurídicas, formalizarse y no tiene como objetivo fundamental aumentar las recaudaciones de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).</p>
<p>“<a name="_Hlk15634553">Ese régimen, no es para recaudar, no es que las recaudaciones </a>de la DGII van a aumentar, es para ayudar a que entren en el sistema todas esas microempresas que no entraron”, insistió Díaz, durante una entrevista en el programa El Día que se transmite por Telesistema, Canal 11.</p>
<p>Explicó que hay dos modalidades en el nuevo régimen a la que podrán acogerse los contribuyentes:personas físicas y jurídicas cuyos ingresos brutos anuales no superen 8 millones 700 mil pesos y el segmento quese dedique a la comercialización cuyas compras e importaciones totales anuales no superen los 40 millones de pesos.</p>
<p>Precisó que el umbral de 8.7 millones de pesospara poder beneficiarse del RST será indexable cada año por inflación.</p>
<p>“Se pueden acoger de inmediato personas físicas o también microempresas incluyendo actividades de servicios, que se incluyó que antes no existían, o el sector agropecuario, así como cualquier comercio, un colmado que vendahasta 40 millones de pesos”, afirmó el director de la DGII.</p>
<p>Señaló que quienes están acogidos actualmente al régimen PST, que era el sistema anterior, serán transferidos automáticamente al nuevo RST, siempre y cuando cumplan con los requerimientos establecidos en el Decreto 265-19 recien emitido por el Poder Ejecutivo.</p>
<p>Díaz también declaró que la DGII ya tiene un área dedicada en la sede central para evaluar todas las solicitudes y que, además, en cada provincia, en las oficinas, más de 40 a nivel nacional, dispuso de un personal especializado para ayudar a las personas o a las empresas.</p>
<p>“Vamos a dar capacitación, vamos a dar a conocer esto, junto con el viceministerio de Industria y Comercio en todo el país. Todas las asociaciones depequeños empresarios, de colegios profesionales, pueden pedir y gratuitamente a la DGII que tiene un departamento que les dará las capacitaciones adaptadas”, puntualizó Díaz.</p>
<p><strong>Beneficios</strong></p>
<p>Destacó como los principales beneficios para los contribuyentes que se incorporen al RST que no tendrán que remitir formatos de envió de datos para el régimen ordinario (606 y 607); el no pago de anticipos de Impuesto Sobre la Renta (ISR); no estarán obligados al impuesto a los activos, siempre que los mismos estén relacionados con sus actividades económicas y determinación del impuesto a pagar utilizando una Tasa Efectiva de Tributación (TET) estimada (aplicable para algunos casos).</p>
<p>Además, dispondrán de acuerdos de pagos automáticos de 2 ó 4 cuotas, según la modalidad y se creó un formulario conglobado de declaración simplificado y anual para el pago del ISR y el ITBIS.</p>
<p><strong><em>¿Cómo aplicar para acogerse al RST?</em></strong></p>
<p>Por medio del portal web de la DGII completando el formulario de solicitud de RST. Una vez completado dicho formulario la DGII responderá a su solicitud en los próximos 15 días laborales. De ser favorable la comunicación al contribuyente, esta surtirá efecto a partir del mes posterior a la respuesta positiva brindada. El contribuyente puede solicitar su incorporación al RST a más tardar 60 días antes de la fecha límite de la presentación de la declaración de RST.</p>
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