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Tribunal Constitucional declara nulo "de forma inmediata y para el futuro" el voto de

ARRASTE Establece la obligación a cargo de los órganos que competan de proceder a la revisión de las normas y los actos dictados en ejecución o aplicación de la disposición anulada

Publicado: 13/08/2019

Tribunal Constitucional declara nulo "de forma inmediata y para el futuro" el voto de

<p>El&nbsp;Tribunal Constitucional (TC)&nbsp;dio a conocer este lunes el dispositivo de la sentencia que declar&oacute; inconstitucional y nulo &ldquo;de forma inmediata y para el futuro&rdquo; el p&aacute;rrafo del art&iacute;culo 2 de la Ley 153-13, del voto preferencial, el cual establece el voto de arrastre de entre diputados a senadores.</p>

<p>Con el fallo, la Alta Corte acogi&oacute; la acci&oacute;n directa de inconstitucionalidad depositada por&nbsp;&Aacute;ngel Lockward, C&eacute;sar Nicol&aacute;s Melo Matos, Fuerza Nacional Progresista (FNP), Vinicio Castillo Sem&aacute;n, Josefina Guerrero, Andr&eacute;s Nicol&aacute;s Contreras, Yeralda Nicolasa Contreras, Rosanna Natalie Contreras Guerrero, Juan Isidro Francisco y Rudy Bonaparte Mont&aacute;s&nbsp;el 23 de agosto de 2018.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>&ldquo;En consecuencia, DECLARA la inconstitucionalidad y la nulidad del p&aacute;rrafo del art&iacute;culo 2 de la Ley n&uacute;m. 157-13, de fecha 9 de diciembre de 2013&rdquo;, dice el texto.</p>

<p>La sentencia establece &ldquo;por consiguiente, la obligaci&oacute;n a cargo de los &oacute;rganos que competan de proceder a la revisi&oacute;n de las normas y los actos dictados en ejecuci&oacute;n o aplicaci&oacute;n de la disposici&oacute;n anulada, y adecuar los mismos a las consecuencias derivadas de la presente decisi&oacute;n, sin que en modo alguno ello implique afectar la seguridad jur&iacute;dica que resulta de los procesos electorales ya consumados&rdquo;.</p>

<p>Lea tambi&eacute;n:&nbsp;<a href="https://www.diariolibre.com/actualidad/politica/tribunal-constitucional-elimina-el-voto-de-arrastre-KN13699267">Tribunal Constitucional elimina el voto de &ldquo;arrastre&rdquo;</a></p>

<p><a href="https://www.diariolibre.com/actualidad/politica/castanos-guzman-dice-acatara-lo-que-decida-el-tribunal-constitucional-LG13730380">Casta&ntilde;os Guzm&aacute;n dice acatar&aacute; lo que decida el Tribunal Constitucional</a></p>

<p><a href="https://www.diariolibre.com/actualidad/politica/milton-ray-guevara-dice-no-hay-nada-oficial-sobre-la-eliminacion-del-voto-de-arrastre-HG13731237">Milton Ray Guevara dice &ldquo;no hay nada oficial sobre la eliminaci&oacute;n del voto de arrastre&rdquo;</a></p>

<p>El art&iacute;culo 2 de la ley dice: para la elecci&oacute;n de los diputados y diputadas en las circunscripciones electorales establecidas, el ciudadano podr&aacute; votar un (a) candidato (a) determinado (a) marcando el recuadro con la foto del mismo (a) y si es por el partido o agrupaci&oacute;n pol&iacute;tica, con solo marcar el recuadro con el emblema y/o las siglas del mismo, estableci&eacute;ndose que en este caso el voto emitido no favorecer&iacute;a a ning&uacute;n candidato en particular y, en consecuencia, ser&aacute; sumado a la totalidad de votos obtenidos por el partido de que se trate.</p>

<p>El p&aacute;rrafo eliminado del art&iacute;culo 2 dice:&nbsp;&ldquo;Cuando el electoral decide marcar la fotograf&iacute;a del candidato o candidata a diputado (a) de su preferencia est&aacute; favoreciendo con su voto al partido de &eacute;ste (a) y, por ende, al candidato (a) a senador de dicho partido&rdquo;.</p>

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