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JCE: cuota de género de 40% para mujeres es por demarcación municipal

JCE: cuota de género de 40% para mujeres es por demarcación municipal

Publicado: 01/11/2019

JCE: cuota de género de 40% para mujeres es por demarcación municipal

<p>SANTO DOMINGO, Rep&uacute;blica Dominicana.- La Junta Central Electoral (JCE) emiti&oacute; el pasado martes una resoluci&oacute;n conocida hoy que determina que para las elecciones del 16 de febrero la cuota de g&eacute;nero de 40% m&iacute;nimo para las mujeres candidatas es por demarcaci&oacute;n electoral por municipios y no por distritos municipales.</p>

<p>La resoluci&oacute;n se produce pocos d&iacute;as despu&eacute;s de que mujeres miembros de los partidos de la Liberaci&oacute;n Dominicana (PLD) y Revolucionario Moderno (PRM) intimaran a sus respectivas organizaciones pol&iacute;ticas a dar cumplimiento a la cuota de g&eacute;nero y advirtieron que impulsar&aacute;n acciones legales en caso de que no se garantice en los porcentajes legales establecidos para la participaci&oacute;n equilibrada de hombres y mujeres en funciones p&uacute;blicas.</p>

<p>La Ley de Partidos (33-18) y la Ley de R&eacute;gimen Electoral (15-19) establecen que la Junta Central Electoral (JCE) no admitir&aacute; los listados de candidaturas que no respeten la cuota de g&eacute;nero correspondiente a no menos del 40% ni m&aacute;s del 60% de hombres y mujeres.</p>

<p>De manera espec&iacute;fica, la Ley de Partidos se&ntilde;ala que el cumplimiento de este rango de paridad deber&aacute; realizarse en la lista de candidaturas de cada demarcaci&oacute;n pol&iacute;tica electoral.</p>

<p><img alt="" src="https://acento.com.do/wp-content/uploads/PARA-FOTO-250x167.jpg" style="border-style:none; float:left; height:auto; margin-right:1.5em; width:364px" /></p>

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<p><a href="https://acento.com.do/wp-content/uploads/RESOLUCI%C3%B3%C3%83%E2%80%9CN-QUE-ESTABLECE-VOTACI%C3%83%E2%80%9CN-SEPARADA-ENTRE-MUNICIPIOS-Y-DISTRITOS-MUNICIPALES-EN-ELECCIONES-ORDINARIAS-GENERALES-2020-NIVEL-MUNICIPAL-1.docx">LEA AQU&Iacute; RESOLUCI&Oacute;N QUE ESTABLECE VOTACI&Ouml;N SEPARADA ENTRE MUNICIPIOS Y DISTRITOS MUNICIPALES EN ELECCIONES ORDINARIAS GENERALES 2020 NIVEL MUNICIPAL</a></p>

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<p>En detalles, esto implica que habr&aacute; votaciones separadas en los municipios y distritos municipales. En el pasado, los votos de los distritos municipales eran sumados a los municipios, por lo que un alcalde pod&iacute;a ganar en la zona cabecera de su comunidad, pero esos resultados podr&iacute;an variar cuando se les sumaban las &aacute;reas rurales</p>

<p>La resoluci&oacute;n ordena que los alcaldes, vicealcaldes, regidores y suplentes sean escogidos por los electores de la demarcaci&oacute;n correspondiente al municipio, sin incluir los distritos municipales que formen parte del mismo.</p>

<p>Asimismo, que los directores, subdirectores y vocales sean escogidos por los electores de la demarcaci&oacute;n correspondiente al distrito municipal, sin que esos votos se sumen al municipio al que territorialmente pertenezcan.</p>

<p>Sobre las alianzas, establece que los partidos pol&iacute;ticos pueden hacerlas en el &aacute;mbito del municipio sin que se incluyan el o los distritos municipales a los que pertenezcan. Es decir, que dos partidos podr&aacute;n aliarse en el municipio, pero esto no implicar&iacute;a necesariamente al distrito o distritos municipales donde se podr&iacute;an hacer alianzas diferentes.</p>

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