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Legalmente PRD no puede oficializar candidatura presidencial.

Leonel sobre objeción a su candidatura: Es un "debate que no tiene mucho sentido" Fuente: Listin Diario

Publicado: 01/11/2019

Legalmente PRD no puede oficializar candidatura presidencial.

<p>Leonel sobre objeci&oacute;n a su candidatura: Es un &ldquo;debate que no tiene mucho sentido&rdquo;<br />
Fuente: Listin Diario</p>

<p>El expresidente Leonel Fern&aacute;ndez consider&oacute; como un debate sin sentido el que han iniciado excompa&ntilde;eros suyos que buscan impedir que sea candidato a la Presidencia de la Rep&uacute;blica para los pr&oacute;ximos comicios de 2020.</p>

<p>Se&ntilde;al&oacute; que est&aacute; protegido por la Constituci&oacute;n de la Rep&uacute;blica que establece el derecho de elegir y ser elegido.</p>

<p>&ldquo;Ese es un debate que no tiene mucho sentido, porque estoy protegido por la Constituci&oacute;n que establece el principio de elegir y ser elegido&rdquo;, dijo el exmandatario.</p>

<p>NADA DE VOTO AUTOMATIZADO</p>

<p>Sobre la posibilidad de que se aplique o no el voto automatizado para las pr&oacute;ximas elecciones legislativas de febrero, Fern&aacute;ndez dijo que con &hellip;<br />
[11:06 a. m., 31/10/2019] +1 829-427-2064: Una gran verdad de Guido G&oacute;mez Mazara:</p>

<p>Legalmente PRD no puede oficializar candidatura presidencial.</p>

<p>El Partido Revolucionario Dominicano (PRD) est&aacute; impedido legalmente de oficializar la candidatura presidencial para las elecciones del 2020, debido a que el pasado domingo venci&oacute; el plazo concerniente a la proclamaci&oacute;n como estableci&oacute; la Junta Central Electoral (JCE).</p>

<p>As&iacute; lo inform&oacute; Guido G&oacute;mez Mazara de la corriente por el Rescate del PRD, quien advirti&oacute; sobre la intenci&oacute;n que dice tiene Miguel Vargas Maldonado, presidente del PRD, de reservar la candidatura del partido blanco al candidato del gobierno.</p>

<p>Tiene toda la raz&oacute;n Guido G&oacute;mez Mazara. El art&iacute;culo 58 de la Ley 33-18 es clarito como se puede leer...</p>

<p>Art&iacute;culo 58.- Porcentaje para las reservas. En el marco de lo establecido en la Constituci&oacute;n y la presente ley, el organismo de m&aacute;xima direcci&oacute;n colegiada de todo partido, agrupaci&oacute;n o movimiento pol&iacute;tico, con la aprobaci&oacute;n de sus integrantes, tiene el derecho de reservar a conveniencia de su organizaci&oacute;n pol&iacute;tica, incluyendo los puestos cedidos a dirigentes de la misma organizaci&oacute;n o por acuerdos, alianzas o fusiones con otros partidos, agrupaciones o movimientos pol&iacute;ticos, un m&aacute;ximo de candidaturas a cargos de elecci&oacute;n popular equivalente al veinte por ciento (20%) del total de las nominaciones para los puestos de senadores, diputados, alcaldes, regidores, directores, subdirectores y vocales de distritos municipales establecidas por la Constituci&oacute;n y las<br />
leyes.</p>

<p>El PRD est&aacute; metido en un gran lio. Veremos c&oacute;mo pueden salir de &eacute;l.</p>

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