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LOS AYUNTAMIENTOS NO TIENEN FACULTAD LEGAL PARA PROCLAMAR EL ESTADO DE EMERGENCIA MUN

En el día de ayer lunes 8 de abril, sale publicada una información en distintos periódicos del país, dando cuenta de que "El Concejo Municipal del Ayuntamiento de Santiago aprobó este miércoles una resolución en la que declara a este municipio en estado de emergencia pública y riesgo, a fin de preservar la salud y la vida de sus munícipes".

Publicado: 09/04/2020

LOS AYUNTAMIENTOS NO TIENEN FACULTAD LEGAL PARA PROCLAMAR EL ESTADO DE EMERGENCIA MUN

<p>LOS AYUNTAMIENTOS NO TIENEN FACULTAD LEGAL PARA PROCLAMAR EL ESTADO DE EMERGENCIA MUNICIPAL</p>

<p>En el d&iacute;a de ayer lunes 8 de abril, sale publicada una informaci&oacute;n en distintos peri&oacute;dicos del pa&iacute;s, dando cuenta de que &quot;El Concejo Municipal del Ayuntamiento de Santiago aprob&oacute; este mi&eacute;rcoles una resoluci&oacute;n en la que declara a este municipio en estado de emergencia p&uacute;blica y riesgo, a fin de preservar la salud y la vida de sus mun&iacute;cipes&quot;.</p>

<p>Esa resoluci&oacute;n es a todas luces ilegal y una interpretaci&oacute;n err&oacute;nea sobre las atribuciones legales y administrativas de los cabildos locales. Por lo tanto es violatoria a la Constituci&oacute;n y a la Ley 176-07, sobre el Distrito Nacional y los ayuntamientos, que el marco legal que regula el funcionamiento de nuestros cabildos locales.</p>

<p>En nuestra Constituci&oacute;n, en la Secci&oacute;n II referida al &quot;r&eacute;gimen de los Municipios&quot;, el&nbsp; art&iacute;culo 199 establece lo siguiente:</p>

<p>&quot;Art&iacute;culo 199.- Administraci&oacute;n local. El Distrito Nacional, los municipios y los distritos municipales constituyen la base del sistema pol&iacute;tico administrativo local. Son personas jur&iacute;dicas de Derecho P&uacute;blico, responsables de sus actuaciones, gozan de patrimonio propio,&nbsp; de autonom&iacute;a presupuestaria, con potestad normativa, administrativa y de uso de suelo, fijadas de manera expresa por la ley y sujetas al poder de fiscalizaci&oacute;n del Estado y al control social de la ciudadan&iacute;a, en los t&eacute;rminos establecidos por esta Constituci&oacute;n y las leyes&quot;.</p>

<p>Por su parte, el Articulo 52, de la ley 176-07, al definir lo que es el Consejo Municipal y sus atribuciones, establece que es &quot; el &oacute;rgano colegiado del ayuntamiento, su rol es estrictamente normativo y de fiscalizaci&oacute;n, en modo alguno ejerce labores administrativas y ejecutivas. Tiene las siguientes atribuciones&quot;....</p>

<p>Y a continuaci&oacute;n pasa a enumerar su m&uacute;ltiples atribuciones, que ocupan el abecedario completo, es decir, van desde la letra &quot;a&quot; hasta la letra &quot;z&quot;. Y en ninguna de esas atribuciones que le confiere la ley, se encuentra la declaratoria del &quot;Estado de Emergencia Publica&quot;, tal y como lo hizo la sala capitular de Santiago.</p>

<p>Los Estados de Excepci&oacute;n est&aacute;n contemplados en nuestra Constituci&oacute;n a partir del Articulo 262, donde son definidos, estableci&eacute;ndose tres Estados de Excepci&oacute;n: El Estado de Defensa, el Estado de Conmoci&oacute;n Interior, y el Estado de Emergencia. Y su proclamaci&oacute;n es EXCLUSIVA DEL PODER EJECUTIVO, previa autorizaci&oacute;n del Congreso nacional, tal como lo establece la propia Constituci&oacute;n en los art&iacute;culos 262, 264, 265 y 266.</p>

<p>Por lo tanto, la resoluci&oacute;n que&nbsp; acaba de adoptar el Concejo Municipal del Ayuntamiento de Santiago al&nbsp; decretar el Estado de emergencia municipal POR CIEN DIAS, est&aacute; completamente fuera de su atribuciones, y por lo tanto es ilegal. Solo sirve para fomentar la anarqu&iacute;a, el desorden y el caos.</p>

<p>Imaginemos &iquest;qu&eacute; ser&iacute;a de nuestro pa&iacute;s, si cada uno de los 158 Municipios del pa&iacute;s, o tan siquiera la mayor&iacute;a de ellos, se pusieran a inventar y emitir&nbsp; resoluciones similares?.&nbsp;</p>

<p>&iquest;Donde ir&iacute;a a parar el pa&iacute;s en un escenario semejante?</p>

<p>Santo Domingo,<br />
9 de abril, 2020.</p>

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