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Marcha Verde exige respetar institucionalidad en elección de Defensor del Pueblo

La organización recordó que el Congreso de la República debió iniciar la elección del Defensor del Pueblo en la legislatura agosto-enero 2018

Publicado: 27/10/2020

Marcha Verde exige respetar institucionalidad en elección de Defensor del Pueblo

<p>SANTO DOMINGO, Rep&uacute;blica Dominicana.- El movimiento c&iacute;vico Marcha Verde exigi&oacute; este viernes 23 que en la elecci&oacute;n del Defensor del Pueblo se respete la institucionalidad establecida en la Constituci&oacute;n de la Rep&uacute;blica y en la Ley 19-01, que ser&aacute; lo &uacute;nico que garantizara profundizar el Estado Social y de Derecho en el pa&iacute;s.</p>

<p>En ese orden, la organizaci&oacute;n record&oacute; que el Congreso de la Rep&uacute;blica debi&oacute; iniciar la elecci&oacute;n del Defensor del Pueblo en la legislatura agosto-enero 2018. Sin embargo, fue en mayo del 2019 que se realiz&oacute; la primera convocatoria, se inscribieron en esta convocatoria 35 postulantes.</p>

<p>Sostuvo que dada la situaci&oacute;n que viv&iacute;a el Congreso, el Pleno aprob&oacute; una segunda convocatoria a partir del 15 de&nbsp;julio. En esta segunda convocatoria se inscribieron 27 postulantes, para un total en ambas convocatorias de 62. La Comisi&oacute;n Especial designada realiz&oacute; la depuraci&oacute;n de los&nbsp;expedientes depositados.</p>

<p>&ldquo;Hoy hemos visto con sorpresa que el Pleno de la C&aacute;mara de Diputados, en su sesi&oacute;n del mi&eacute;rcoles 21&nbsp;de octubre, aprob&oacute; el informe de gesti&oacute;n de la Comisi&oacute;n Especial designada en esta legislatura para la&nbsp;evaluaci&oacute;n de los candidatos aspirantes a ocupar los cargos de Defensor del Pueblo, sus suplentes y&nbsp;adjuntos, de abrir un nuevo plazo por 30 d&iacute;as para recibir nuevas inscripciones, a partir del 26 de&nbsp;octubre hasta el 24 de noviembre, en vez de continuar el trabajo donde fue dejado por la comisi&oacute;n&nbsp;anterior, dando continuidad de Estado a este proceso, que seg&uacute;n el propio Presidente de la C&aacute;mara&nbsp;Alfredo Pacheco &lsquo;hizo un buen trabajo&rsquo;&rdquo;, destac&oacute; Marcha Verde a trav&eacute;s de un comunicado.</p>

<p>&ldquo;Esta decisi&oacute;n, nos hace preguntarnos &iquest;porque una nueva convocatoria? Es que se pretende utilizar la&nbsp;Defensor&iacute;a del Pueblo para &ldquo;pagar apoyos electorales&rdquo; permitiendo que concluidos los procesos&nbsp;electorales de este a&ntilde;o, aspirantes, que no lograron puestos electivos, que pertenecen o est&aacute;n&nbsp;comprometidos con organizaciones partidarias, se inscriban para participar en la elecci&oacute;n de la&nbsp;Defensor&iacute;a del pueblo?&rdquo;, agreg&oacute;.</p>

<p>En ese sentido, manifest&oacute; que la Defensor&iacute;a del Pueblo debe ser un valioso instrumento para defender los derechos del ciudadano&nbsp;frente a la administraci&oacute;n del Estado y a cualquier entidad prestadora de servicio p&uacute;blico, y no debe&nbsp;ser para &ldquo;honrar&rdquo; compromisos de campa&ntilde;a, ni acuerdos pol&iacute;tico-partidarios.</p>

<p>Marcha Verde plante&oacute; que esta nueva convocatoria es muy grave, ya que deja en evidencia el uso de&nbsp;la progresiva ausencia de voluntad pol&iacute;tica para garantizar que el manejo de las Altas Cortes sea&nbsp;asumido por profesionales independientes de los partidos pol&iacute;ticos, que garanticen el adecentamiento&nbsp;del ejercicio de lo p&uacute;blico.</p>

<p>Demand&oacute; a la C&aacute;mara de Diputados garantizar un proceso de elecci&oacute;n del Defensor del&nbsp;Pueblo transparente, objetivo, institucional. Cumplir con el Art. 11 de la Ley 19-01 que dice &ldquo;El&nbsp;Defensor del Pueblo no podr&aacute; pertenecer a partido pol&iacute;tico alguno, ni participar en actividades de&nbsp;car&aacute;cter pol&iacute;tico partidario. Asimismo, deber&aacute; renunciar a cualquier actividad remunerativa, excepto&nbsp;la docencia&rdquo;.</p>

<p>Reiter&oacute; que la Defensor&iacute;a del Pueblo, debe ser una figura que cumpla con los criterios y requisitos&nbsp;establecidos en la Ley.</p>

<p>El movimiento hizo un llamado a los diputados para que no reiteren pr&aacute;cticas del pasado de</p>

<p>distribuirse como si fuera un pastel, las Altas Cortes. &ldquo;Es el momento de cambiar hacia pr&aacute;cticas que&nbsp;garanticen democracia y transparencia&rdquo;.</p>

<p>Finalmente, advirti&oacute; que continuar&aacute; vigilante para que en el pa&iacute;s las instituciones jueguen su rol, y record&oacute; diputados que &ldquo;la Defensor&iacute;a del Pueblo es fundamental que sea una autoridad independiente en&nbsp;sus funciones y con autonom&iacute;a administrativa y presupuestaria. Que se debe de manera exclusiva al&nbsp;mandato de la Constituci&oacute;n y las leyes. Lo que le permitir&aacute; desempe&ntilde;ar su funci&oacute;n esencial de&nbsp;&ldquo;salvaguardar los derechos fundamentales de las personas y los intereses colectivos y difusos&nbsp;establecidos en la Constituci&oacute;n y las leyes, en caso de que sean violados por funcionarios u &oacute;rganos&nbsp;del Estado, por prestadores de servicios p&uacute;blicos o particulares que afecten intereses colectivos y difusos&rdquo;</p>

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