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Procuradora prohíbe a los fiscales levantar "actas compromiso" en violencia feminicid

Procuradora prohíbe a los fiscales levantar "actas compromiso" en violencia feminicida

Publicado: 22/11/2020

Procuradora prohíbe a los fiscales levantar "actas compromiso" en violencia feminicid

<p>SANTO DOMINGO.- La procuradora general de la Rep&uacute;blica,&nbsp; Miriam Germ&aacute;n Brito, prohibi&oacute; a todos los fiscales del pa&iacute;s que conocen de violencia de g&eacute;nero levantar &ldquo;actas compromisos&rdquo; que dejen en libertad a agresores en los casos que re&uacute;nen una serie de caracter&iacute;sticas que alertan a las autoridades sobre un potencial feminicida.</p>

<p>&ldquo;Queda totalmente prohibido levantar `actas compromisos` en materia de violencia feminicida&rdquo;, plantea Germ&aacute;n Brito en una instrucci&oacute;n general impartida a todo el cuerpo del Ministerio P&uacute;blico en la que advierte, adem&aacute;s, que se trata de una postura que &ldquo;deber&aacute; permanecer invariable&rdquo;.</p>

<p>&ldquo;A pesar de que la v&iacute;ctima -como consecuencia del S&iacute;ndrome de la Mujer Maltratada o la indefensi&oacute;n aprendida- quiera establecer un acuerdo, es importante tener en cuenta que para acordar, el consentimiento de las partes no puede estar viciado y una mujer que tiene su vida en riesgo frente a su verdugo agresor carece de libertad para convenir al margen de las secuelas que deja la violencia feminicida&rdquo;.</p>

<p>La medida adoptada por la procuradora busca reducir el riesgo de tragedias en el entorno de hombres con relaciones t&oacute;xicas con sus parejas o exparejas e incluso con su &aacute;mbito familiar. Se trata de una decisi&oacute;n firme que deber&aacute; facilitar el apresamiento -y hasta persuadir en muchos casos- a hombres como los responsables de matar a decenas de mujeres cada a&ntilde;o en los casos de feminicidios y feminicidios no &iacute;ntimos.</p>

<p>La instrucci&oacute;n general obliga a los fiscales que reciben denuncias de mujeres maltratadas a evaluar un conjunto de indicadores de riesgo relevantes en los conflictos de violencia con potencial feminicida, empezando por &ldquo;los antecedentes de violencia de g&eacute;nero de los imputados&rdquo;.</p>

<p>Otro indicador ser&aacute; la existencia de multiplicidad de denuncias contra el hombre agresor. Adem&aacute;s, las se&ntilde;ales de alertas que vinculen al imputado a cr&iacute;menes graves como el sicariato, el maltrato infantil, el consumo o tr&aacute;fico de drogas o el porte y tenencia legal e ilegal de arma de fuego.</p>

<p>El tipo y la forma de las heridas o golpes propinados a la mujer ser&aacute;n otros indicadores en los que tendr&aacute; un alto significado de riesgo las agresiones en el cuello, la caja tor&aacute;cica o en las manos.</p>

<p>Ser&aacute;n se&ntilde;ales de alertas para los fiscales las amenazas de muerte, la violencia de g&eacute;nero en compa&ntilde;&iacute;a de delitos sexuales o los actos de tortura y barbarie.</p>

<p>Tambi&eacute;n, la violaci&oacute;n de la orden de protecci&oacute;n por parte del imputado. &ldquo;Cuando se comprueba o detecta que el imputado incumpli&oacute; la orden de protecci&oacute;n, esto es un indicador de riesgo feminicida y de irrespeto a la ley, es un desaf&iacute;o a la autoridad&rdquo;, advierte la instrucci&oacute;n general de Germ&aacute;n Brito. &ldquo;El agresor evidencia con su conducta que no acata las disposiciones judiciales y que representa un peligro inminente para la v&iacute;ctima&rdquo;, a&ntilde;ade.</p>

<p>Los indicadores llaman la atenci&oacute;n sobre la violencia ejercida en presencia de hijos menores y el h&aacute;bito de consumo excesivo de alcohol o sustancias controladas por parte del agresor.</p>

<p>En lo adelante, las armas de fuego de hombres implicados en un caso de violencia intrafamiliar y sexual ser&aacute;n retenidas por las autoridades, sin importar que la porten en forma legal, &ldquo;especialmente cuando este ha sido parte de la violencia o amenaza infringida&rdquo;.</p>

<p>La instrucci&oacute;n general de la procuradora establece una serie de directrices a tomar en consideraci&oacute;n en los casos de violencia de g&eacute;nero intrafamiliar y delitos sexuales que reafirman el rol del Ministerio P&uacute;blico y la participaci&oacute;n de la Polic&iacute;a Nacional en la investigaci&oacute;n de los feminicidios.</p>

<p>Adem&aacute;s, instruye a los fiscales para que gestionen la prisi&oacute;n preventiva de los hombres agresores en los casos de violencia de g&eacute;nero, ya que m&aacute;s que el peligro de fuga, el riesgo lo constituye la permanencia forzada del imputado en el entorno familiar y de la mujer denunciante.</p>

<p>Los miembros del Ministerio P&uacute;blico tambi&eacute;n tienen la obligaci&oacute;n de apelar la decisi&oacute;n, en los casos que lo ameriten, cuando un juez disponga la variaci&oacute;n de la prisi&oacute;n preventiva para un hombre agresor. Adem&aacute;s, mantener un seguimiento estricto de los procesos por violencia de g&eacute;nero.</p>

<p>&ldquo;Cuando una v&iacute;ctima desiste de su denuncia o proceso, esta acci&oacute;n para nada compromete el accionar del Ministerio P&uacute;blico, que debe procurar siempre, aparte del testimonio de la v&iacute;ctima, otros elementos probatorios por si se produce tal circunstancia&rdquo;, advierte la magistrada Germ&aacute;n Brito.</p>

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