Turno Libre

PUERTO PLATA: Jueza se desliga retiro acusación caso La Mulata

PUERTO PLATA.- La jueza de la Instrucción de aquí, Jakayra Veras García, aclaró que el Ministerio Público fue quien retiró las acusaciones contra los tres ex oficiales de la Policía, liberados por ese tribunal tras varios meses detenidos.

Publicado: 31/07/2014

PUERTO PLATA: Jueza se desliga retiro acusación caso La Mulata

<p>PUERTO PLATA.-&nbsp;La jueza de la Instrucci&oacute;n de aqu&iacute;, &nbsp;Jakayra Veras Garc&iacute;a, aclar&oacute; que el Ministerio P&uacute;blico fue quien retir&oacute; las acusaciones contra los tres ex oficiales de la Polic&iacute;a, liberados por ese tribunal tras varios meses detenidos.</p>

<p>Odenis Francisco F&eacute;lix Reyes Ram&oacute;n Antonio Salcedo Santos y Raymundo de la Rosa Ogando guardaban prisi&oacute;n en relaci&oacute;n a las acciones irregulares cometidas durante el allanamiento a varias viviendas en el residencial La Mulata III del municipio tur&iacute;stico Sos&uacute;a.</p>

<p>Mediante un comunicado entregado a medios de comunicaci&oacute;n, la magistrada critic&oacute; que el Ministerio Publico ha pretendido probar ante la opini&oacute;n p&uacute;blica casos que no sustenta debidamente ante los tribunales.</p>

<p>&rdquo;Ante la opini&oacute;n p&uacute;blica nacional fue el tribunal que presidimos que otorg&oacute; la&nbsp; libertad a los tres imputados, pero en realidad esa responsabilidad es exclusiva de la fiscal&iacute;a que retir&oacute; sin ning&uacute;n tipo de justificaci&oacute;n las acusaciones sustentadas originalmente&rdquo;, expuso.</p>

<p>Dijo esperar que el Ministerio P&uacute;blico realizar&aacute; las explicaciones de lugar ante el pa&iacute;s sobre las actuaciones realizadas que llevaron al traste el retiro de la acusaci&oacute;n en contra de los imputados.</p>

<p>&ldquo;En la fase preliminar sobre este conocido caso se instrumentaron dos procesos distintos ya que en el primero seguido a Ram&oacute;n Antonio Salcedo Santos y Odenis Francisco F&eacute;lix Reyes se oferta un medio de prueba audiovisual, el cual, conforme a la acusaci&oacute;n, es de fecha 17 de octubre 2013, un a&ntilde;o despu&eacute;s de los hechos atribuidos a los imputados, raz&oacute;n por la cual fue objetado por la defensa&rdquo;.</p>

<p>&ldquo;El Tribunal verific&oacute; que el mismo no tiene fecha alguna y que por dem&aacute;s en &eacute;l no se observa lo alegado por el Ministerio P&uacute;blico respecto a su contenido, razones por las cuales no fue acreditado como prueba&rdquo;, explic&oacute;.</p>

<p>Ponder&oacute; que &ldquo;en el segundo proceso seguido a Raymundo de la Rosa Ogando, los medio audiovisuales a los cuales hace alusi&oacute;n el Ministerio P&uacute;blico, si bien se se&ntilde;alan en la acusaci&oacute;n, no fueron presentados ni antes, ni durante la audiencia preliminar, otorgando el tribunal un plazo al Ministerio P&uacute;blico para su presentaci&oacute;n y as&iacute; proceder a su verificaci&oacute;n&rdquo;.</p>

<p>Dijo que transcurrido el plazo otorgado el fiscal actuante indic&oacute; no tener esos medios y en tal virtud no fueron admitidos, pues no procede la admisi&oacute;n de medios presentados, &ldquo;tal y como se indica en la decisi&oacute;n de Apertura a juicio rendida al efecto&rdquo;.</p>

<p>La magistrada dijo que el Ministerio P&uacute;blico representa a la sociedad&nbsp; pero es una parte del proceso y que como tal debe por igual ce&ntilde;irse al cumplimiento de los mandatos de la ley, estando el Tribunal en el deber de preservar el Debido Proceso y el derecho de todas las partes, jam&aacute;s constituyendo un sello del MP.</p>

← Volver al inicio