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El MPT estima declaraciones del presidente Luis Abinader violan constitución

El Movimiento Patria Para Todos y Todas considero que constituye una violación de la constitución de la Republica

Publicado: 23/12/2020

El MPT estima  declaraciones  del presidente Luis Abinader violan constitución

<p>El Movimiento Patria Para Todos y Todas considero que<br />
constituye una violaci&oacute;n de la constituci&oacute;n de la Republica<br />
Dominicana la declaraci&oacute;n del presidente Luis Abinader de que<br />
restringir&aacute; ciertas inversiones de la Republica Popular de china<br />
por una alianza estrat&eacute;gica con Estados Unidos.<br />
El MPT estima que estas declaraciones violan los Art&iacute;culos 3, 26<br />
y 121 de la on los cuales establecen la<br />
responsabilidad de los diferentes &oacute;rganos del estado<br />
dominicano de no permitir intervenci&oacute;n de estados extranjeros<br />
en la pol&iacute;tica del dominicano, el respeto al derecho<br />
internacional en materia de relaciones internacionales y el trato<br />
igualitario en materia de inversi&oacute;n privada nacional y<br />
extranjera.<br />
El art&iacute;culo 3 establece &ldquo;Ninguno de los poderes p&uacute;blicos<br />
organizados por la presente Constituci6n puede realizar o<br />
permitir la realizaci6n de actos que constituyan una<br />
intervenci&oacute;n directa o indirecta en los asuntos internos o<br />
externos de la Republica Dominicana o una injerencia que<br />
atente contra la personalidad e integridad del Estado y de 10s<br />
atributos que se le reconocen y consagran en esta Constituci6n.<br />
El principio de la no intervenci6n constituye una norma<br />
invariable de la pol&iacute;tica internacional dominicana&rdquo;. Lo que ha<br />
hecho el gobierno norteamericano al imponer al pa&iacute;s una<br />
pol&iacute;tica en relaci&oacute;n a la Republica Popular de China condiciones<br />
a la inversi&oacute;n que nada tienen que ver con los inter&eacute;s de<br />
nuestro pa&iacute;s, sino con los de Estados Unidos quien ha declardo</p>

<p>guerra comercial a China y eso no es y no puede ser intereses<br />
de la Republica Dominicana.<br />
El hecho de que tengamos relaciones con Estados Unidos y que<br />
el comercio exterior dominicano esta muy vinculado con esa<br />
naci&oacute;n no implica bajo ninguna circunstancia del derecho<br />
internacional que el pa&iacute;s se arrodille frente a esa poderosa<br />
naci&oacute;n y constituye una intromisi&oacute;n en los asuntos dominicanos<br />
cualquier presi&oacute;n que ejerza Estados Unidos sobre el pa&iacute;s y el<br />
presidente est&aacute; en la obligaci&oacute;n de no aceptarlo.<br />
Con esta acci&oacute;n el presidente de la Republica tambi&eacute;n viola ese<br />
articulo pues coloca al pa&iacute;s como parte de un bloque que<br />
encabeza los Estados Unidos sin haber un acuerdo que sea<br />
ratificado por el congreso de la Republica, sino que mas bien<br />
resulta en una imposici&oacute;n de esa naci&oacute;n a la nuestra y la<br />
aceptaci&oacute;n de parte del presidente viola la constituci&oacute;n<br />
dominicana y el derecho internacional.<br />
&bull; &ldquo;Las violaciones de nuestra soberan&iacute;a y el presidente la de<br />
China est&aacute;n establecidas en el articulo 2 de la carta magna<br />
de las Naciones Unidas y la resoluci&oacute;n numero 1625 de esa<br />
organizaci&oacute;n que establece lo siguiente:<br />
Los Miembros de la Organizaci&oacute;n, en sus relaciones<br />
internacionales, se abstendr&aacute;n de recurrir a la amenaza o<br />
al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la<br />
independencia pol&iacute;tica de cualquier Estado, o en<br />
cualquier otra forma incompatible con los Prop&oacute;sitos de<br />
las Naciones Unidas&rdquo;.</p>

<p>&bull; &ldquo;Ning&uacute;n Estado puede aplicar o fomentar el uso de<br />
medidas econ&oacute;micas, pol&iacute;ticas o de cualquier otra &iacute;ndole<br />
para coaccionar a otro Estado a fin de lograr que<br />
subordine el ejercicio de sus derechos soberanos y<br />
obtener de &eacute;l ventajas de cualquier orden. Todos los<br />
Estados deber&aacute;n tambi&eacute;n abstenerse de organizar apoyar,<br />
fomentar, financiar, instigar o tolerar actividades armadas,<br />
subversivas o terroristas encaminadas a cambiar por la<br />
violencia el r&eacute;gimen de otro Estado y de intervenir en una<br />
guerra civil de otro Estado. El uso de la fuerza para privar a<br />
los pueblos de su identidad nacional constituye una<br />
violaci&oacute;n de sus derechos inalienables y del principio de no<br />
intervenci&oacute;n&rdquo;</p>

<p>Adem&aacute;s el presidente con ese comportamiento viola el articulo<br />
26 de la constituci&oacute;n dominicana que establece &ldquo; Las relaciones<br />
internacionales de la Republica Dominicana se fundamentan y<br />
rigen por la afirmaci&oacute;n y promoci&oacute;n de sus valores e intereses<br />
nacionales, el respeto a los derechos humanos y el derecho<br />
internacional&rdquo; Ninguno de estos aspectos han sido<br />
considerados en la decisi&oacute;n del presidente Luis Abinader sino<br />
que solo lo ha hecho para satisfacer intereses de los Estados<br />
Unidos de Norte Am&eacute;rica.</p>

<p>Finalmente, el presidente tambi&eacute;n viola el art&iacute;culo 221 de la<br />
constituci&oacute;n de la Republica, el cual establece: Se garantizar&aacute;</p>

<p>igualdad de condiciones a las inversiones nacional y extranjera<br />
con las limitaciones establecidas en la constituci&oacute;n y las leyes<br />
dominicanas&rdquo;, por lo que no tiene ninguna justificaci&oacute;n para<br />
que se apliquen restricciones al tipo de inversiones de una<br />
naci&oacute;n y se le permita a otra.</p>

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