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Odebrecht afirma ha pagado a la fecha 60 millones de dólares al Estado dominicano

Dice que ha cumplido con los pilares del acuerdo firmado en el año 2017.

Publicado: 28/12/2020

Odebrecht afirma ha pagado a la fecha 60 millones de dólares al Estado dominicano

<p>La constructora brasile&ntilde;a Odebrecht S.A inform&oacute; que a la fecha ha pagado al Estado dominicano 60 millones de d&oacute;lares producto del acuerdo firmado en el pa&iacute;s por los sobornos que admiti&oacute; pagar a cambio de contratos de obras p&uacute;blicas.</p>

<p>En un comunicado de prensa publicado en medios impresos,&nbsp;<strong>la constructora afirm&oacute; que ha cumplido con sus obligaciones asumidas con el pa&iacute;s&nbsp;</strong>tras la firma de un acuerdo de lenidad que arrib&oacute; con la Procuradur&iacute;a General de la Rep&uacute;blica en marzo de 2017.</p>

<p>En dicho acuerdo, firmado por el entonces procurador general, Jean Alain Rodr&iacute;guez y Odebrecht, la empresa brasile&ntilde;a se comprometi&oacute; a colaborar con la Justicia y resarcir al Estado dominicano con 184 millones de d&oacute;lares.</p>

<p>Justamente sobre el monto restante de la deuda, la empresa brasile&ntilde;a indic&oacute; que &ldquo;la suma restante (124 millones de d&oacute;lares), bajo el Acuerdo, se encuentra reconocida como una deuda pendiente de pago en el proceso de reestructuraci&oacute;n financiera judicial que cursa la empresa en Brasil&rdquo;.</p>

<p>Adem&aacute;s,&nbsp;<strong>sobre este acuerdo firmado en el 2017, recientemente el titular de la Procuradur&iacute;a Especializada de Persecuci&oacute;n de la Corrupci&oacute;n Administrativa (Pepca),</strong>&nbsp;Wilson Camacho, dijo que eval&uacute;an dejar sin efecto el acuerdo de lenidad suscrito con Odebrecht.</p>

<p>Camacho argument&oacute; que la decisi&oacute;n de anular el acuerdo es debido a la ausencia de dos ejecutivos en el juicio que se conoce a 6 implicados de los sobornos que admiti&oacute; pagar la constructora brasile&ntilde;a en la Rep&uacute;blica Dominicana, que fueron presentados como testigos por el Ministerio P&uacute;blico, lo cual ha sido motivo de suspensi&oacute;n de varias audiencia.</p>

<p>El pasado 18 de diciembre la empresa Odebrecht&nbsp;<a href="https://listindiario.com/las-mundiales/2020/12/18/648939/odebrecht-cambia-su-nombre-a-novonor">anunci&oacute; su decisi&oacute;n de cambiar su nombre comercial a &ldquo;Novonor&rdquo;, una decisi&oacute;n con la cual &quot;no estamos borrando el pasado&rdquo;</a>,&nbsp;seg&uacute;n establece un comunicado.</p>

<p>El proceso de reestructuraci&oacute;n del conglomerado empresarial llev&oacute; a que en el a&ntilde;o 2019 la empresa solicitara el que hasta ahora fue el mayor concurso de acreedores de la historia de Brasil, con una deuda que fue cifrada en unos 100 000 millones de reales (20 000 millones de d&oacute;lares).</p>

<p><strong>Comunicado &iacute;ntegro de Odebrecht</strong></p>

<p><strong>Odebrecht<br />
COMUNICADO<br />
A la Opini&oacute;n P&uacute;blica Nacional</strong></p>

<p>Como es por todos conocido, en marzo del 2017 Odebrecht, S. A., celebr&oacute; un acuerdo de colaboraci&oacute;n eficaz con el Ministerio P&uacute;blico de Rep&uacute;blica Dominicana, el cual cuenta con la definitiva homologaci&oacute;n en todas las instancias jurisdiccionales del sistema de justicia. En esencia, el acuerdo integra tres pilares fundamentales: (i) la colaboraci&oacute;n eficaz con con el Ministerio P&uacute;blico para las investigaciones relacionadas; (ii) el deber de reparar al Estado;&nbsp; y (iii) implantaci&oacute;n de un sistema de conformidad.&nbsp; Por otro orden, por parte del estado lo fundamental es no objetar la rehabilitaci&oacute;n de la empresa y sus coligadas para que vuelvan a ejercer sus actividades en el pa&iacute;s cumpliendo con su funci&oacute;n econ&oacute;mica y social.</p>

<p>Efectivamente y como responsabilidad asumida por Odebrecht, S. A., ante los hechos declarados y admitidos por sus exejecutivos/colaboradores, bajo el Acuerdo, Odebrecht, S.A. Hizo entrega la Procuradur&iacute;a General de la Rep&uacute;blica, de toda prueba, evidencia, acuerdo, informaci&oacute;n, documento, data, reporte, declaraci&oacute;n, testimonio, delaciones premiadas y otros documentos para la verificaci&oacute;n de los hechos admitidos por sus exejecutivos/colaboradores vinculados a las operaciones de Odebrecht, S.A., en la Republica Dominicana. Lo entregado es parte del fundamento probatorio de la acusaci&oacute;n del Ministerio Publico, contra los imputados en el denominado &quot;Caso Odebrecht&rdquo;, que luego de obtener Auto de Apertura a Juicio No. 005-2019, del 21 de junio del 2019, rendido por el Juzgado de Instrucci&oacute;n Especial de la Suprema Corte de Justicia, se encuentra en la fase de juicio de fondo, por ante el Honorable Primer Tribunal Colegiado de la C&aacute;mara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional. Evidencia m&aacute;s que suficiente de cumplimiento del primer pilar fundamental del Acuerdo.</p>

<p>Por su lado, es oportuno reiterar, que, al d&iacute;a de hoy Odebrecht, S. A., ha resarcido al Estado con el pago de US$60,000,000.00 millones de d&oacute;lares y la suma restante, bajo el Acuerdo, se encuentra reconocida como una deuda pendiente de pago en el proceso de reestructuraci&oacute;n financiera judicial que cursa la empresa en Brasil, con la finalidad de poder afrontar todas las obligaciones frente a nuestros acreedores. Evidencia m&aacute;s que suficiente de cumplimiento del segundo pilar fundamental del Acuerdo.</p>

<p>En lo que se refiere a nuestro sistema de conformidad integralmente implementado, destacamos que el monitoreo independiente, ejercido por los monitores del Departamento de Justicia de Estados Unidos en las operaciones de Odebrecht, S.A. y todas sus coligadas en los &uacute;ltimos 4 a&ntilde;os, fue concluido con &eacute;xito y satisfactoriamente. Los monitores independientes del Departamento de Justicia de Estados Unidos certificaron que los sistemas de conformidad del grupo empresarial est&aacute;n dise&ntilde;ados e implementados para prevenir y detectar potenciales violaciones a las leyes anticorrupci&oacute;n. De todo lo que, con informes semestrales, estaba en conocimiento del Ministerio P&uacute;blico de Republica Dominicana. Evidencia m&aacute;s que suficiente de cumplimiento del tercer pilar del Acuerdo.</p>

<p>Como demuestran las evidencias, Odebrecht S. A., ha cumplido en tiempo, contenido, y metodolog&iacute;a con sus obligaciones bajo el acuerdo con el Ministerio P&uacute;blico de Rep&uacute;blica Dominicana, cuya conducta de cumplimiento reitera formal y expresamente.</p>

<p>En cuanto a Mauricio Dantas Bezerra, domiciliado y residente en Brasil, exdirector jur&iacute;dico de Odebrecht S. A., propuesto por el Ministerio P&uacute;blico como testigo en el proceso penal antes comentado, incluido por estar en calidad exclusiva de representante legal de Odebrecht S. A. al momento de la firma de dicho acuerdo de colaboraci&oacute;n eficaz. Estuvo en Rep&uacute;blica Dominicana y compareci&oacute; a la audiencia fijada por el Primer Tribunal Colegiado para el 3 de diciembre del 2020, de manera voluntaria y con el objetivo de confirmar las declaraciones y compromisos asumidos por Odebrecht S.A., en el referido Acuerdo. Dicha audiencia fue suspendida, puesto que un abogado defensor del imputado V&iacute;ctor D&iacute;az R&uacute;a, dio positivo al COVID-19. Producto de la pandemia por dicha enfermedad que afecta dram&aacute;ticamente al mundo y de manera muy especial a Brasil, para la siguiente audiencia se estableci&oacute; con el Ministerio P&uacute;blico de Republica Dominicana que har&iacute;a virtualmente su deposici&oacute;n ante el tribunal, para lo cual estuvo siempre disponible y no pudo tener lugar por una decisi&oacute;n soberana del tribunal, el cual no acogi&oacute; la solicitud que el Ministerio Publico hizo al efecto. No obstante lo anterior, para la audiencia celebrada el 21 de diciembre de 2020, presento por ante el tribunal una excusa formal, puesto que, para ese d&iacute;a ten&iacute;a agendado compromisos profesionales y familiares indelegables, m&aacute;s las dificultades para obtener vuelos por los riesgos asociados a la pandemia del COVID-19, reiterando nueva vez para esa ocasi&oacute;n su disposici&oacute;n de testificar virtualmente desde la sede de la embajada de la Republica Dominicana en Brasil. Lo que pone en evidencia la seriedad con la cual dicho testigo asume y ha asumido el cumplimiento de su obligaci&oacute;n, la que pretende cumplir rigurosamente y sin escatimar esfuerzos. De tal modo, que no se trata de un testigo reticente, sino de un ciudadano disponible para cumplir ejemplarmente con la ley.</p>

<p>Lo propio ocurre con el Dr. Rodrigo Maluf Cardoso, brasile&ntilde;o, residente en Brasil, propuesto como testigo por el Ministerio P&uacute;blico y presente virtualmente en todas las audiencias para efectuar su testimonio por esa v&iacute;a, citado a comparecer presencialmente a dicho tribunal para la audiencia del 21 de diciembre de 2020, mediante Acto no. 1351/2020, de fecha 17 de diciembre del a&ntilde;o 2020, instrumentado por el Ministerial Ernesto Ortiz Reynoso, se hac&iacute;a materialmente imposible, por los riesgos asociados a la pandemia de COVID-19. Sin embargo, se reitera a disposici&oacute;n de la justicia dominicana y en el compromiso de dar cumplimiento a su obligaci&oacute;n de testificar en juicio.</p>

<p>Por lo que llevamos dicho, no se advierte motivo o causal alguna para pondera la posibilidad por parte del Ministerio P&uacute;blico, de rescindir un Acuerdo que como el existente ha dado frutos altamente beneficiosos para la implementaci&oacute;n de la pol&iacute;tica criminal anticorrupci&oacute;n de la Rep&uacute;blica Dominicana. En Odebrecht, S.A. existe la determinaci&oacute;n inequ&iacute;voca de continuar cumpliendo sus obligaciones bajo el Acuerdo. La inasistencia presencial justificada de esos dos testigos a la &uacute;ltima audiencia no debe asociarse bajo ning&uacute;n concepto a un abandono de responsabilidades, sino, a causas que para el momento escaparon al control de ellos. Mas, deseamos dejar claro que cumplir&aacute;n con la obligaci&oacute;n de prestar sus testimonies en el tribunal.</p>

<p>Finalmente, continuamos confiados en lo que debe ser la forma de actuar de las autoridades del Ministerio P&uacute;blico, en cumplimiento a la norma constitucional que establece que en la Republica Dominicana existe un Estado social y democr&aacute;tico de derecho, donde la seguridad jur&iacute;dica, los derechos adquiridos, el debido proceso y la garant&iacute;a de protecci&oacute;n a derechos fundamentales son normas que deber&aacute;n aplicarse a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas.</p>

<p><strong>Gerencia de Comunicaci&oacute;n<br />
Odebrecht, S. A.- En recuperaci&oacute;n Judicial</strong></p>

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