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Nuevo horario de toque de queda hasta el 14 de julio

Gobierno extiende estado de emergencia por 45 días y modifica horarios de toque de queda para todo el país

Publicado: 04/07/2021

Nuevo horario de toque de queda hasta el 14 de julio

<p>SANTO DOMINGO. El presidente de la Rep&uacute;blica dispuso mediante el decreto n&uacute;m. 417-21 la pr&oacute;rroga del estado de emergencia por 45 d&iacute;as, a partir del 14 de julio del a&ntilde;o en curso para controlar la expansi&oacute;n del toque ede queda.</p>

<p>Luis Abinader tambi&eacute;n emiti&oacute; hoy el decreto n&uacute;m. 419-21, mediante el cual extiende hasta las 5:00 a.m. del mi&eacute;rcoles 7 de julio de 2021 todas las medidas de distanciamiento social vigentes en la actualidad, momento a partir del cual entrar&aacute;n en vigor las siguientes medidas, todas de aplicaci&oacute;n a nivel nacional:</p>

<p><strong>Toque de queda</strong></p>

<p>Se establece el toque de queda en el territorio nacional de lunes a viernes desde las 10:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. Los s&aacute;bados y domingos desde las 7:00 p.m. hasta las 5:00 a.m.</p>

<p>Habr&aacute; libre tr&aacute;nsito en el territorio nacional de lunes a viernes hasta la medianoche (12:00 a.m.) y los s&aacute;bados y domingos hasta las 9:00 p.m., es decir, 2 horas adicionales todos los d&iacute;as.</p>

<p>Por su parte, se mantienen las mismas excepciones de personas y veh&iacute;culos autorizados a circular durante el horario del toque de queda.</p>

<p>Se dispuso que tanto el Distrito Nacional, como las provincias en las cuales, por lo menos el 70 por ciento de su poblaci&oacute;n haya recibido su segunda dosis de la vacuna contra el COVID-19, ser&aacute;n consideradas para el levantamiento del toque de queda.</p>

<p><strong>Regulaci&oacute;n de lugares p&uacute;blicos y privados</strong></p>

<p>Se mantienen prohibidas en el territorio nacional las actividades y eventos masivos que impliquen la aglomeraci&oacute;n de personas, sin importar el lugar de que se trate. Las personas podr&aacute;n utilizar los espacios abiertos al aire libre, tales como parques y malecones, para actividades que no impliquen aglomeraci&oacute;n y en cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.</p>

<p>Los establecimientos p&uacute;blicos y privados de uso p&uacute;blico, sin importar el tipo de actividad que auspicien, podr&aacute;n recibir personas solamente hasta el 50% de la capacidad total de sus instalaciones y en cumplimiento de los protocolos sanitarios dictados por las autoridades correspondientes.</p>

<p>En adici&oacute;n a lo anterior, los lugares de consumo de alimentos y bebidas no podr&aacute;n recibir m&aacute;s de 6 personas por mesa y las actividades de las diferentes iglesias y otras denominaciones religiosas solo podr&aacute;n celebrarse 3 veces por semana.</p>

<p>Igualmente, se confirma el uso obligatorio de mascarillas en lugares p&uacute;blicos y privados de uso p&uacute;blico, as&iacute; como las dem&aacute;s medidas y protocolos sanitarios adoptados por las autoridades correspondientes.</p>

<p><strong>Venta y consumo de bebidas alcoh&oacute;licas</strong></p>

<p>Queda prohibido en el territorio nacional el consumo de bebidas alcoh&oacute;licas en lugares p&uacute;blicos y privados de uso p&uacute;blico todos los d&iacute;as desde las 6:00 p.m. hasta las 5:00 a.m.</p>

<p>Desde las 6:00 p.m. y hasta la hora de inicio del toque de queda, los establecimientos comerciales solamente podr&aacute;n vender bebidas alcoh&oacute;licas si es para llevar o a domicilio y en su envase original sellado.</p>

<p><strong>Vigencia, revisi&oacute;n y levantamiento de las medidas</strong></p>

<p>Todas estas medidas estar&aacute;n vigentes hasta que las autoridades correspondientes las revisen, siempre dentro del plazo autorizado para el estado de emergencia.</p>

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