La iniciativa está contenida en el proyecto de ley que crearía esa dirección, aprobada en primera lectura en el Senado
Publicado: 05/12/2021
<p><strong>El nuevo director nacional de Inteligencia estará bajo dependencia del presidente de la República.</strong></p>
<p>El proyecto de ley, aprobado en primera lectura la semana pasada en el Senado, que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) y que sustituirá el Departamento Nacional de Investigaciones (que utiliza las mismas siglas), contempla modificar la ley No. 155-17 para incluir a su director nacional como miembro del Comité Nacional contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (LAFT).</p>
<p>De esa forma, al modificar el artículo 90, de la referida ley, el Comité Nacional contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo estará conformado, además, del director Nacional de Inteligencia, por los ministros de Hacienda y de Defensa, el Procurador General de la República, los presidentes del Consejo Nacional de Drogas y de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD).</p>
<p><strong>Además, por los superintendentes de Bancos y de Valores.</strong></p>
<p>Los cambios están consignados en el artículo 33 del proyecto de ley aprobado el pasado jueves en el Senado.</p>
<p>EL Comité Nacional contra el Lavado de Activos tiene entre sus funciones elaborar y coordinar la ejecución de la estrategia nacional de prevención, control y combate de lavado de activos y financiamiento de terrorismo. También, establecer la metodología para identificar, evaluar, supervisar o monitorear, administrar y mitigar los riesgos inherentes a esas actividades, entre otros.</p>
<p>De aprobarse la ley, en segunda lectura en el Senado y en dos lecturas en la Cámara de Diputados, la nueva Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) estará dirigida por un director general que será designado por el presidente de la República y estará bajo su dependencia.</p>
<p>En ese sentido la pieza busca derogar la Ley 857 de 1978 que dispone que el Departamento Nacional de Investigaciones estará bajo la dependencia de las Fuerzas Armadas, de acuerdo a lo que establece el artículo 35 del proyecto de ley.</p>
<p>La nueva DNI será el órgano rector del Sistema Nacional de Inteligencia, el cual estará conformado por todos los organismos y órganos, independientes entre si y funcionalmente coordinados, que dirigen y ejecutan actividades de inteligencia y de contrainteligencia para la seguridad nacional.</p>
<p>Se trata de las unidades militares J2, M2, G2 y A2; la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional (Dintel); el Centro de Información y Coordinación Conjunta (CICC) de la DNCD, la Unidad de Lavados de Activos (UAF) y los organismos del Estado que por la información que manejen o capacidades técnicas, puedan contribuir con el Sistema Nacional de Inteligencia.</p>
<p><strong>El objetivo de la nueva DNI, como órgano centralizado del Estado, será el de proteger la seguridad nacional.</strong></p>
<p>Contará dos subdirecciones, la de Inteligencia y la Administrativa, así como también tendrá dos contralores; uno general y otro financiero.</p>
<p>No podrán ser miembros de la nueva DNI, según el párrafo II del artículo 19, personas de otras nacionalidades y tampoco quienes tengan antecedentes penales o subjudice.</p>
<p>Además, los funcionarios y el personal de servicio de esa dirección no podrán participar en actividades políticas, manifestaciones y cualquier otra índole de reivindicación de manera colectiva o individual.</p>
<p><strong>Centro de entrenamiento</strong></p>
<p>La iniciativa legislativa contempla que la nueva DNI pueda crear un Centro de Entrenamiento en Inteligencia con la finalidad de propiciar la educación y entrenamiento necesario para el personal que labore en la inteligencia y contrainteligencia.</p>
<p><strong>Sanciones</strong></p>
<p>Por otro lado, de acuerdo a la redacción alterna al proyecto de ley que regula la Dirección Nacional de Inteligencia, sometido por el Poder Ejecutivo, en el artículo 26, establece que la negación a entregar informaciones requeridas por esa entidad, que estén en manos de terceros, serán sancionadas con prisión correccional de seis meses a dos años y una multa de cien a 150 salarios mínimos del sector público.</p>
<p>El artículo 27 establece que quien utilice documentos de identificación o usurpe funciones de la DNI será sancionado con dos a tres años de prisión menor y a una multa de nueve a 15 salarios mínimos del sector público.</p>