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PLD desglosa "los fallos" del fideicomiso Punta Catalina y pide sea retirado del Sena

PLD desglosa "los fallos" del fideicomiso Punta Catalina y pide sea retirado del Senado

Publicado: 27/01/2022

PLD desglosa "los fallos" del fideicomiso Punta Catalina y pide sea retirado del Sena

<p>SANTO DOMINGO.-&nbsp;El Partido de la Liberaci&oacute;n Dominicana (PLD) reiter&oacute; su posici&oacute;n y llamado al gobierno para que retire del Congreso Nacional y corrija el contrato del fideicomiso para la planta de Punta Catalina, por considerar que aunque el fideicomiso est&aacute; permitido y regulado por la Ley 189-11, de manera p&uacute;blica no se encuentra entre las figuras previstas.</p>

<p>&ldquo;Eso hace que exista en el pa&iacute;s un marco jur&iacute;dico adecuado el este tipo de fideicomiso. La naturaleza de los bienes involucrados, as&iacute; como de los mecanismos de control constitucionales y legales que los protegen, requieren de una claridad jur&iacute;dica que la ley no prev&eacute;&rdquo;, explic&oacute; el secretario general de la organizaci&oacute;n, Charlie Mariotti, al terminar una reuni&oacute;n del Comit&eacute; Pol&iacute;tico este mi&eacute;rcoles.</p>

<p>Se&ntilde;ala que aunque el reglamento de la Ley 189-11 s&iacute; prev&eacute; los fideicomisos p&uacute;blicos, no puede subsanar las carencias del marco legal, ya que brinda seguridad jur&iacute;dica es la figura de la ley y no un reglamento</p>

<p>Sobre la propiedad de los bienes el PLD entiende que aunque el fideicomiso separa el capital del patrimonio p&uacute;blico y lo constituye un patrimonio aparte, puede argumentarse que en ese caso el Estado es aportante, beneficiario final y due&ntilde;o de la fiduciaria que administrar&aacute;, lo que ha servido de base para afirmar que es imposible una privatizaci&oacute;n y que todos los beneficios ir&aacute;n al Estado.</p>

<p>&ldquo;Sin embargo, la cl&aacute;usula 21 permite cambiar sin causa a la fiduciaria, pudiendo ser sustituida la que es propiedad del Estado por una privada. Esto requiere la aprobaci&oacute;n de otro contrato de fideicomiso, pero el ejercicio de dar por terminada la relaci&oacute;n con la fiduciaria estatal no la requiere&rdquo;, aclar&oacute;.</p>

<p>Sobre el operador</p>

<p>El operador es contratado por el Comit&eacute; T&eacute;cnico, sin que exista claridad del procedimiento para escogerlo. No queda claro tampoco que existan normas que regulen los conflictos de inter&eacute;s o incompatibilidades entre el operador y la administraci&oacute;n de CTPC.</p>

<p>Su contrato lo redactar&aacute; la misma Unidad de Gerencia que lo supervisar&aacute;, y lo aprobar&aacute; el mismo Comit&eacute; T&eacute;cnico que designa a la Unidad de Gerencia y establece los mecanismos para seleccionar al operador.</p>

<p>Este operador, evidentemente, ser&aacute; un actor privado por lo que el Estado pierde el control de la operatividad de la planta y, por tanto, la oferta energ&eacute;tica va a depender de los operadores y no del inter&eacute;s p&uacute;blico.</p>

<p>Sobre la capacidad de endeudamiento</p>

<p>El Comit&eacute; T&eacute;cnico no s&oacute;lo puede endeudar el fideicomiso, aprobando &ldquo;los montos, condiciones y t&eacute;rminos de los endeudamientos y el otorgamiento de garant&iacute;as&rdquo; (cl&aacute;usula 11.3), sino que seg&uacute;n la cl&aacute;usula 15.3, p&aacute;rrafo III, este endeudamiento puede ser de hasta un 100% de los bienes aportados al fideicomiso. Esto incluye no s&oacute;lo la planta, sino todas las mejoras que la rodea e incluso los terrenos en los que se encuentra si estos son aportados.</p>

<p>Concluyeron en que esos son s&oacute;lo algunos de los problemas que presenta el contrato propuesto y en v&iacute;as de aprobaci&oacute;n.</p>

<p>&ldquo;Sin embargo, son suficientes para dejar claro que se trata de un contrato carente de controles que permitan al Estado proteger su patrimonio ni el inter&eacute;s p&uacute;blico. En consecuencia, el Poder Ejecutivo debe retirarlo del Senado de la Rep&uacute;blica y realizar las modificaciones necesarias para que sea un contrato que ponga por encima de todo el inter&eacute;s del pueblo dominicano&rdquo;, puntualiz&oacute;.</p>

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