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JCE cuestiona Senado excluyó aspectos medulares en modificación de la Ley sobre Régim

JCE cuestiona Senado excluyó aspectos medulares en modificación de la Ley sobre Régimen Electoral Dice se prioriza personas y recursos por encima de propuestas ideológicas

Publicado: 29/12/2022

JCE cuestiona Senado excluyó aspectos medulares en modificación de la Ley sobre Régim

<p>SANTO DOMINGO.- La Junta Central Electoral (JCE) cuestion&oacute; este martes, que las modificaciones realizadas por el Senado de la Rep&uacute;blica a la Ley No. 15-19, sobre R&eacute;gimen Electoral, excluyera aspectos medulares de la misma. El pleno de la JCE lamenta que lo aprobado por el &oacute;rgano legislativo configura un sistema pol&iacute;tico donde se prioriza a las personas y los recursos por encima de las propuestas program&aacute;ticas o ideol&oacute;gicas. En ese orden, censura que los senadores no modificaran y por el contrario mantuvieron igual los topes de gastos de campa&ntilde;a y que tampoco se estableciera la obligaci&oacute;n de presentar informes de gastos a cargo de las candidaturas. Asimismo, tampoco tomaron en cuenta sanciones a la violaci&oacute;n de los topes y el incumplimiento a la presentaci&oacute;n de informes, lo que de haberse aprobado contribuir&iacute;a a disminuir la incidencia de los intereses privados en la representaci&oacute;n popular; crear&iacute;a condiciones de equidad en la contienda y facilitar&iacute;a la fiscalizaci&oacute;n de los recursos que se utilizan en campa&ntilde;a. &ldquo;No se acoge la propuesta de eliminaci&oacute;n del voto preferencial a nivel de vocal&iacute;as y regidur&iacute;as, lo que genera consecuencias negativas, como aumentar los conflictos intrapartidarios y el costo de las campa&ntilde;as y forja complicaciones en el proceso operativo de escrutinio&rdquo;, deplora el pleno de la Junta en un documento enviado a los medios de comunicaci&oacute;n. La JCE se queja de que la c&aacute;mara alta eliminara su facultad de dictar medidas cautelares, lo que disminuye sus &ldquo;garras&rdquo; para dictar medidas temporales en aras de salvaguardar la equidad e integridad del proceso electoral. &ldquo;La modificaci&oacute;n del actual art&iacute;culo 25 de la Ley 15- 19 constituye una merma a la autoridad y autonom&iacute;a del Pleno de la JCE, toda vez que se le impone el pronunciamiento a solicitud de las organizaciones pol&iacute;ticas sobre cuestiones que quedan abiertas, adem&aacute;s de la celebraci&oacute;n de audiencias peri&oacute;dicas, incluso mensuales durante el a&ntilde;o electoral, convirtiendo al &oacute;rgano administrativo en un &oacute;rgano contencioso electoral, lo cual es contraproducente con su naturaleza constitucional de organizar el proceso&rdquo;, sostiene. Las modificaciones del proyecto, pendiente de sanci&oacute;n en la C&aacute;mara de Diputados, dejar&iacute;a a direcciones de Elecciones, Inform&aacute;tica y el Voto Dominicano en el Exterior bajo las directrices y conducci&oacute;n discrecional de las organizaciones pol&iacute;ticas, &ldquo;socavando la autonom&iacute;a constitucional de la JCE&rdquo;</p>

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