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Presidente Abinader promulga leyes para el desarrollo turístico de Hato Mayor, El Sei

Presidente Abinader promulga leyes para el desarrollo turístico de Hato Mayor, El Seibo y Duarte

Publicado: 01/02/2023

Presidente Abinader promulga leyes para el desarrollo turístico de Hato Mayor, El Sei

<p>SANTO DOMINGO.-&nbsp;El presidente Luis Abinader promulg&oacute; la tarde de este martes&nbsp; 3 leyes de importancia para el desarrollo del turismo ecol&oacute;gico en varias provincias de la Rep&uacute;blica Dominicana.</p>

<p>La Ley n&uacute;m. 8-23 declara como ecotur&iacute;stica la provincia Duarte, con el objeto de velar por la conservaci&oacute;n y uso sostenible de los recursos naturales y el fomento de las manifestaciones culturales, en beneficio del desarrollo econ&oacute;mico y social de sus habitantes.</p>

<p>Para tales fines, la ley establece un Consejo de Desarrollo Ecotur&iacute;stico de la Provincia Duarte y un director ejecutivo. El primero ser&aacute; el &oacute;rgano rector de la promoci&oacute;n y regulaci&oacute;n de las actividades ecotur&iacute;sticas de la provincia y el segundo se encargar&aacute; de ejecutar tales pol&iacute;ticas. La ley crea un fondo provincial para el desarrollo ecotur&iacute;stico y ordena reservar una partida de 60 millones de pesos anuales en el Presupuesto General del Estado los dos a&ntilde;os siguientes a su promulgaci&oacute;n.</p>

<p>Asimismo, la Ley n&uacute;m. 9-23 modifica la Ley n&uacute;m. 77-02, del 19 de julio de 2002, que declara la provincia de Hato Mayor como provincia ecotur&iacute;stica, con el prop&oacute;sito de adecuar la integraci&oacute;n y funcionalidad de sus &oacute;rganos rectores y ejecutores. Tambi&eacute;n ordena reservar una partida de 20 millones de pesos anuales en el Presupuesto General del Estado, para el cumplimiento de lo dispuesto en la referida ley.</p>

<p>Por su parte, la Ley n&uacute;m. 10-23 declara a la provincia El Seibo como polo tur&iacute;stico, esto en adici&oacute;n a su previa declaratoria como provincia ecotur&iacute;stica en virtud de la Ley n&uacute;m. 511-05, del 22 de noviembre de 2005. De esta forma se dispone la aplicaci&oacute;n de los incentivos contemplados en la Ley n&uacute;m. 158-01, del 9 de octubre de 2001, sobre el fomento al desarrollo tur&iacute;stico.</p>

<p>En las &uacute;ltimas d&eacute;cadas el ecoturismo ha experimentado un importante auge debido a la adaptaci&oacute;n de las sociedades a nuevas formas de turismo, sostenibilidad y desarrollo ambiental. Con la promulgaci&oacute;n de estas leyes se reafirma el apoyo del Gobierno al desarrollo de estos modelos de turismo alternativo, los cuales permiten un equilibrio entre eficiencia econ&oacute;mica, la equidad social y la conservaci&oacute;n medioambiental de estas zonas del pa&iacute;s.</p>

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