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Senadores aprueban en segunda lectura con modificaciones el proyecto de ley Electoral

Senadores aprueban en segunda lectura con modificaciones el proyecto de ley Electoral

Publicado: 02/02/2023

Senadores aprueban en segunda lectura con modificaciones el proyecto de ley Electoral

<p>El&nbsp;<strong>Senado de la Rep&uacute;blica</strong>&nbsp;aprob&oacute;&nbsp; en segunda lectura y con varias modificaciones el&nbsp;<strong>Proyecto de Ley Org&aacute;nica de R&eacute;gimen Electoral</strong>, donde el tema del&nbsp;<strong>transfuguismo</strong>&nbsp;y el&nbsp;<strong>voto electr&oacute;nico</strong>&nbsp;enardecieron los &aacute;nimos entre las principales bancadas partidarias representadas en el<strong>&nbsp;Congreso Nacional</strong>.</p>

<h1><img alt="" src="http://santiagodigital.net/wp-content/uploads/2023/02/G-8-300x192.jpg" style="float:right; margin:0px 5px; width:348px" /></h1>

<p>El proyecto procura regular el ejercicio del derecho de la ciudadan&iacute;a a elegir y ser elegible, adem&aacute;s de establecer el procedimiento y desarrollo del proceso electoral.</p>

<p>Entre las modificaciones realizadas por la comisi&oacute;n especial que estudio la pieza se destacan correcciones de palabras, p&aacute;rrafos, y se agregaron art&iacute;culos y se eliminaron p&aacute;rrafos.</p>

<p>Se modific&oacute; el p&aacute;rrafo No. 2 del art&iacute;culo 27 para agregar la palabra &laquo;m&iacute;nimo cada dos meses&raquo; y se eliminaron los p&aacute;rrafos quinto y sexto de dicho art&iacute;culo.</p>

<p>De igual manera se le agreg&oacute; un art&iacute;culo 28 para que se lea de la siguiente manera en el p&aacute;rrafo segundo: &laquo;En el a&ntilde;o electoral la audiencia se llevar&aacute; a cabo m&iacute;nimo cada dos meses&raquo;.</p>

<p>Tambi&eacute;n se modific&oacute; el art&iacute;culo 35 sobre las juntas electorales, que estar&aacute;n subordinadas a la&nbsp;<strong>Junta Central Electoral&nbsp;</strong>(JCE) y que sus decisiones son recurribles ante el&nbsp;<strong>Tribunal Superior Electoral</strong>&nbsp;(TSE).</p>

<p>El p&aacute;rrafo &uacute;nico de este art&iacute;culo establecer&aacute; que habr&aacute; una Junta Electoral en el Distrito Nacional y en cada municipio.</p>

<p>El art&iacute;culo 261 sobre la finalidad del escrutinio automatizado indica que tendr&aacute; como finalidad eficientizar y agilizar la digitalizaci&oacute;n, escaneo y tramitaci&oacute;n de datos autom&aacute;tica de resultados en los escrutinios y tramitaci&oacute;n de datos, haci&eacute;ndolos confiables, accesibles, verificables y auditables desde el puesto de votaci&oacute;n hacia los puestos de recepci&oacute;n de datos, centros de procesamiento de informaci&oacute;n, de consolidaci&oacute;n de los resultados y de divulgaci&oacute;n de los mismos.</p>

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