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Condenan a Banca Vilorio por comercializar la marca de la Lotería Real sin autorizaci

Condenan a Banca Vilorio por comercializar la marca de la Lotería Real sin autorización

Publicado: 22/02/2024

Condenan a Banca Vilorio por comercializar la marca de la Lotería Real sin autorizaci

<p>La Suprema Corte de Justicia (SCJ) conden&oacute; a la Empresa Vilorio S.R.L (Banca Vilorio), mediante la sentencia No. SCJ-PS-23-1898, en la cual ratifica la decisi&oacute;n de las instancias inferiores en un caso de reparaci&oacute;n de da&ntilde;os y perjuicios en contra de Loto Real del Cibao, S.A., por la comercializaci&oacute;n de su marca sin la debida autorizaci&oacute;n.</p>

<p>Esta decisi&oacute;n dictada por la alta corte proviene del recurso de casaci&oacute;n interpuesto Banca Vilorio contra la sentencia civil n&uacute;m. 1303-2020-SSEN-00644, del 17 de diciembre de 2020 por la Tercera Sala de la C&aacute;mara Civil y Comercial de la Corte de Apelaci&oacute;n del Distrito Nacional, la cual hab&iacute;a confirmado previamente la sentencia de la novena sala de la C&aacute;mara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.</p>

<p>La sentencia inicial acogi&oacute; la demanda presentada por Loto Real del Cibao, S.A., resultando en una condena contra Empresas Vilorio, S.R.L. representada por Buenaventura de Jes&uacute;s Vilorio, a pagar una indemnizaci&oacute;n de RD$9, 918,000.00 por los da&ntilde;os y perjuicios causados a Loto Real del Cibao, por la comercializaci&oacute;n sin autorizaci&oacute;n de la Loter&iacute;a Real.</p>

<p>Con este dictamen, la Suprema Corte de Justicia, subraya el compromiso del sistema judicial dominicano en proteger los derechos de las partes y garantizar la justicia en casos de reparaci&oacute;n de da&ntilde;os y perjuicios, seg&uacute;n afirm&oacute; Loto Real por medio de sus abogados.</p>

<p>Asimismo, la Suprema Corte de Justicia, en decisiones similares, mediante las sentencias SCJ-PS-23-2257 y SCJ-PS-23-1685, respectivamente, ha rechazado los recursos de casaci&oacute;n interpuestos separadamente por el fondo de comercio Banca La Famosa, de Miguel Antonio Rodr&iacute;guez y Ana Ysabel Est&eacute;vez, contra Loto Real del Cibao, S. A. y el fondo de comercio Bancas de Loter&iacute;a HS, de H&eacute;ctor Bienvenido Silvestre contra Loto Real Cibao, S. A. (Loto Real).</p>

<p>Seg&uacute;n los informes, el rechazo de estos &uacute;ltimos recursos interpuestos se produjo dentro del marco de demandas a por violaci&oacute;n a la Propiedad Industrial y a las reglas de Competencia Desleal, al comprobarse la comercializaci&oacute;n de la Loter&iacute;a Real sin la debida autorizaci&oacute;n, de la empresa concesionaria de loter&iacute;a electr&oacute;nica privada, Loto Real del Cibao, S. A.</p>

<p>&ldquo;Estas decisiones constituyen referentes en donde se establece que las personas f&iacute;sicas o empresas, ni banqueros, ni consorcio, pueden hacer uso de los servicios de marcas de los sorteos de las empresas privadas, como lo es Loto Real del Cibao, S. A., ya que son pasibles de ser condenados por las leyes que rigen esta materia&rdquo;, dijo la empresa Loto Real, a trav&eacute;s de sus abogados.</p>

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