El presidente de la Academia de Ciencias, Milciades Mejía, considera que el ministro de Energía y Mina, Pelegrín Castillo ha irrespetado a la República con su petición al jefe de Estado de no promulgar la ley para evitar pagar una alta indemnización a Glencore-Xstrata y grupos privados.
Publicado: 02/09/2014
<p><strong>Santo Domingo,</strong></p>
<p>El presidente de la Academia de Ciencias, Milciades Mejía, considera que el ministro de Energía y Mina, Pelegrín Castillo ha irrespetado a la República con su petición al jefe de Estado de no promulgar la ley para evitar pagar una alta indemnización a Glencore-Xstrata y grupos privados.<br />
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Mejía dijo que senadores y diputados debieron responder al irrespeto que ha cometido en este día Pelegrín Castillo.<br />
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“Tenemos una seria preocupación por la presión que se le “ha montado al presidente Danilo Medina, pienso que una determinada empresa debe respetar la decisión de un poder como el Congreso Nacional que de forma libérrima y a unanimidad lo aprobaron”.<br />
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El presidente de la Academia de Ciencias, expresó: “yo pensaba que iba a cambiar el estilo de los directores de minería con la designación del nuevo, pero de convertirse en vigilante se ha convertido en vocero de las empresas contrarias. Uno, relacionista público de Falcondo y el otro de la Barrick Gold, quienes han querido desmeritar los atributos de Loma Miranda, la cual supera a muchos del ya declarado científicamente patrimonio”.<br />
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<strong>QUE DICE LA CONSTITUCION SOBRE RECURSOS NATURALES:</strong><br />
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La proclamada Constitución del 2010, establece claramente en su Capítulo 4, Artículo 14.-sobre recursos naturales. Son patrimonio de la nación los recursos naturales no renovables que se encuentren en el territorio y en los espacios marítimos bajo jurisdicción nacional, los recursos genéticos, la biodiversidad y el espectro radioeléctrico.<br />
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Artículo 15.- Recursos hídricos. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida. El consumo humano del agua tiene prioridad sobre cualquier otro uso. El Estado promoverá la elaboración e implementación de políticas efectivas para la protección de los recursos hídricos de la Nación.<br />
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Párrafo.- Las cuencas altas de los ríos y las zonas de biodiversidad endémica, nativa y migratoria, son objeto de protección especial por parte de los poderes públicos para garantizar su gestión y preservación como bienes fundamentales de la nación. Los ríos, lagos, lagunas, playas y costas nacionales pertenecen al dominio público y son de libre acceso, observándose siempre el respeto al derecho de propiedad privada. La ley regulará las condiciones, formas y servidumbres en que los particulares accederán al disfrute o gestión de dichas áreas.</p>