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La pensión por discapacidad se pierde al cumplir los 60 años, denuncia abogado

De acuerdo con la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), los trabajadores que sufran una lesión que reduzca su capacidad productiva en al menos un 50 %.

Publicado: 06/01/2025

La pensión por discapacidad se pierde al cumplir los 60 años, denuncia abogado

<p>Santo Domingo.-&nbsp;El abogado y exconsultor jur&iacute;dico de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL),&nbsp;Francisco Aristy De Castro, alert&oacute; este lunes las pensiones por discapacidad cesan al cumplir los 60 a&ntilde;os, dejando a los afectados en una situaci&oacute;n de vulnerabilidad.</p>

<p>De acuerdo con la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), los trabajadores que sufran una lesi&oacute;n que reduzca su capacidad productiva en al menos un 50 % tienen derecho a una pensi&oacute;n por discapacidad, sin importar el origen de la misma.</p>

<p>Estas pensiones son otorgadas por las compa&ntilde;&iacute;as de seguros contratadas a trav&eacute;s de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).</p>

<p>Aristy De Castro explic&oacute; que el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) aprob&oacute; un contrato de p&oacute;liza de discapacidad y supervivencia,&nbsp;firmado entre las compa&ntilde;&iacute;as de seguros y las&nbsp;<a href="https://eldia.com.do/rentabilidad-inversiones-de-las-afp-crecen-66-9/">AFP,</a>&nbsp;el cual regula la administraci&oacute;n de estas pensiones.</p>

<p>El jurista destac&oacute; que el contrato original contemplaba cl&aacute;usulas desfavorables para los afiliados, como un plazo de dos a&ntilde;os para realizar reclamos.</p>

<p><img alt="" src="https://eldia.com.do/wp-content/uploads/2025/01/Captura-de-pantalla-2025-01-06-113414-1024x435.webp" style="border-style:none; height:auto; width:671px" /></p>

<p>El abogado y exconsultor jur&iacute;dico de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), Francisco Aristy De Castro.</p>

<p>Cit&oacute; el caso de&nbsp;Virginia Margarita Fontana, quien sufri&oacute; una discapacidad total del 68 %.</p>

<p>La Comisi&oacute;n M&eacute;dica Regional, encargada de certificar el grado de discapacidad, tard&oacute; m&aacute;s de dos a&ntilde;os en emitir su informe.</p>

<p><a href="https://eldia.com.do/las-afp-obtendran-5500-millones-de-pesos-este-ano/">Les invitamos a leer: Las AFP obtendr&aacute;n 5,500 millones de pesos este a&ntilde;o, seg&uacute;n un estudio</a></p>

<p>Cuando finalmente se reconoci&oacute; la discapacidad, el reclamo fue rechazado por exceder el plazo establecido.</p>

<p>La se&ntilde;ora Fontana llev&oacute; su caso al&nbsp;Tribunal Superior Administrativo (TSA), que declar&oacute; ilegal dicha cl&aacute;usula.</p>

<p>Sin embargo, Aristy lament&oacute; que tanto las AFP como las aseguradoras solo aplicaron la sentencia al caso espec&iacute;fico.</p>

<p>Cit&oacute; otro caso que fue llevado al Tribunal Constitucional que recibi&oacute; una sentencia a favor del afectado, sin embargo solo se aplic&oacute; para el afectado, cuando las mismas&nbsp; son vinculantes para todos.</p>

<h3>Discapacidad parcial y total</h3>

<p>Aristy De Castro se&ntilde;al&oacute; que, seg&uacute;n la ley, los trabajadores con discapacidad parcial tienen derecho a una pensi&oacute;n equivalente al 30 % del promedio de sus salarios de los &uacute;ltimos tres a&ntilde;os, mientras que en caso de discapacidad total, la pensi&oacute;n asciende al 60 % del promedio.</p>

<h3>El l&iacute;mite de los 60 a&ntilde;os</h3>

<p>El abogado denunci&oacute; que, desde julio de 2023, miles de trabajadores han recibido pensiones por discapacidad, pero estas cesan autom&aacute;ticamente al cumplir los 60 a&ntilde;os.</p>

<p>Aunque en 2015 el derecho a recibir la pensi&oacute;n se extendi&oacute; hasta los 65 a&ntilde;os, las compa&ntilde;&iacute;as de seguros siguen aplicando el l&iacute;mite anterior, dejando desprotegidos a los beneficiarios.</p>

<p>Aristy De Castro hizo un llamado a las autoridades del CNSS para revisar y corregir estas irregularidades, se&ntilde;alando que las compa&ntilde;&iacute;as de seguros son parte fundamental del sistema de seguridad social y deben actuar en beneficio de los trabajadores.</p>

<p>&laquo;Es necesario garantizar que las cl&aacute;usulas contractuales respeten los derechos de los afiliados y no los dejen en el desamparo al alcanzar una edad cr&iacute;tica&raquo;, concluy&oacute;.</p>

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