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PRM dice PLD pretende imponer Ley de Partidos acorde a sus fines continuistas

El Partido Revolucionario Moderno ( PRM) denunció hoy que el Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) busca imponer al Congreso Nacional y al país, una ley de partidos que sólo responda a sus pretensiones continuistas y no al fortalecimiento del sistema partidista ni a la democracia.

Publicado: 26/09/2014

PRM dice PLD pretende imponer Ley de Partidos acorde a sus fines continuistas

<p><strong>Santo Domingo,</strong></p>

<p>El Partido Revolucionario Moderno ( PRM) denunci&oacute; hoy&nbsp;&nbsp;que&nbsp;&nbsp;el Comit&eacute; Pol&iacute;tico del&nbsp;&nbsp;Partido de la Liberaci&oacute;n Dominicana (PLD)&nbsp;&nbsp;busca imponer al Congreso&nbsp;&nbsp;Nacional y al pa&iacute;s, una ley de partidos que s&oacute;lo&nbsp;&nbsp;responda a sus pretensiones continuistas y no al fortalecimiento del sistema&nbsp;&nbsp;partidista&nbsp;&nbsp;ni a&nbsp;&nbsp;la democracia.<br />
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La doctora Milagros Ortiz Bosch, hablando&nbsp;&nbsp;en rueda de prensa, en el instituto Jos&eacute; Francisco Pe&ntilde;a G&oacute;mez, afirm&oacute; que&nbsp;&nbsp;&ldquo;constituye un irrespeto&nbsp;&nbsp;a nuestros legisladores y,&nbsp;&nbsp;principalmente&nbsp;&nbsp;a los miembros de la Comisi&oacute;n Especial de la C&aacute;mara de Diputados&nbsp;&nbsp;que est&aacute; apoderada del proyecto de ley de partidos, que despu&eacute;s de dedicar horas, d&iacute;as y meses de trabajo hasta consensuar la aprobaci&oacute;n de decenas de art&iacute;culos del referido proyecto, sea ahora, que el Comit&eacute; Pol&iacute;tico del PLD, despu&eacute;s de dilatarlo, decida&nbsp;&nbsp;someterlo a la consideraci&oacute;n del congreso Nacional.<br />
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Por estas razones, anunci&oacute; que han&nbsp;&nbsp;instruido a sus&nbsp;&nbsp;legisladores&nbsp;&nbsp;&nbsp;luchar&nbsp;&nbsp;lograr una ley de partidos que responda a la necesidad de fortalecer la democracia y la transparencia&nbsp;&nbsp;a lo interno de nuestros&nbsp;&nbsp;partidos y al mismo tiempo satisfaga las aspiraciones de nuestra sociedad, al mismo tiempo&nbsp;&nbsp;solicit&oacute;&nbsp;&nbsp;de las organizaciones de la sociedad civil mantenerse vigilantes y activos en sus reclamos de dotar al pa&iacute;s&nbsp;&nbsp;de una Ley de Partidos y una Ley del R&eacute;gimen Electoral que se corresponda con sus expectativas y los esfuerzos que han llevado a cabo.<br />
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Se&ntilde;al&oacute; que el proyecto de ley de partidos aprobados por el Comit&eacute; Pol&iacute;tico del PLD tiene varias exclusiones y diferencias&nbsp;&nbsp;con los dem&aacute;s proyectos presentados por el PRM y&nbsp;&nbsp;otros partidos, el de la JCE, el informe preliminar de la Comisi&oacute;n Bicameral que lo conoci&oacute; y de las organizaciones de la sociedad civil, que ponen de manifiesto la intenci&oacute;n del partido de gobierno de aprobar una ley que responda a sus intereses del momento y no al fortalecimiento, a la transparencia y el respeto a la democracia interna de los partidos&nbsp;&nbsp;y a los reclamos de nuestra sociedad.<br />
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&ldquo;Ha sido lamentable para el PRM comprobar que la grave situaci&oacute;n de la ausencia de una Ley General del R&eacute;gimen Electoral&nbsp;&nbsp;este siendo postergada a pesar de ser del conocimiento de toda la sociedad&nbsp;&nbsp;civil o pol&iacute;tica, que la Constituci&oacute;n de 2010, hace&nbsp;&nbsp;m&aacute;s de cuatro a&ntilde;os, modific&oacute; la estructura y las funciones de la Junta Central Electoral, la misma JCE que deber&aacute; organizar el pr&oacute;ximo proceso electoral que tiene atribuciones importantes en la aplicaci&oacute;n y seguimiento de la Ley de Organizaci&oacute;n de Partidos y Agrupaciones Pol&iacute;ticas, que hoy nos ocupa y es motivo de esta declaraci&oacute;n&rdquo;. Enfatiz&oacute;<br />
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Consider&oacute; como&nbsp;&nbsp;&nbsp;una burla a los dem&aacute;s partidos y organizaciones de la sociedad civil que han contribuido&nbsp;&nbsp;con propuestas&nbsp;&nbsp;ante nuestros congresistas, es que se tome como referencia el proyecto presentado por el Comit&eacute; Pol&iacute;tico del PLD para el conocimiento de la pieza legislativa, dejando de lado los proyectos&nbsp;&nbsp;de los dem&aacute;s partidos, el de la JCE y las organizaciones de la sociedad civil, as&iacute; como, todo el esfuerzo que desarrollaron durante meses los legisladores que conformaban la Comisi&oacute;n Bicameral que&nbsp;&nbsp;rindi&oacute; un informe preliminar.<br />
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La doctora Ortiz Bosch estuvo acompa&ntilde;ada de Jes&uacute;s V&aacute;squez, H&eacute;ctor Guzm&aacute;n,&nbsp;&nbsp;Nelson&nbsp;&nbsp;Arroyo, Salvador Ramos,&nbsp;&nbsp;Nelson Est&eacute;vez, entre otros.<br />
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Detalles del proyecto presentado por el&nbsp;&nbsp;PRM&nbsp;&nbsp;contrapuesto&nbsp;&nbsp;con el PLD.<br />
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Art&iacute;culo 4, p&aacute;rrafo II, del proyecto PLD que dice, se reputar&aacute; como renunciante al cargo de elecci&oacute;n popular, el afiliado que renuncia al partido o a la agrupaci&oacute;n pol&iacute;tica que le ha presentado como candidato. El PRM rechaza este art&iacute;culo, puesto que fue consensuado su rechazo en el informe de la Comisi&oacute;n Bicameral por considerarlo inconstitucional.<br />
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2)&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Art. 18, literal j) contenido en el proyecto del PLD expresa, Se proh&iacute;be&nbsp;&nbsp;a los partidos nuevos&nbsp;&nbsp;&nbsp;concurrir aliados en el primer proceso electoral.<br />
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El PRM rechaza&nbsp;&nbsp;ese art. Del PLD por considerarlo inconstitucional, pues todos los partidos reconocidos son iguales ante la ley.<br />
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3)&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Art. 21 del texto del PLD en lo relativo a la Elecci&oacute;n de los organismos internos vemos que:<br />
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El PRM afirma que lo propuesto por el PLD en este art&iacute;culo, difiere del proyecto de la JCE y del nuestro&nbsp;&nbsp;en su art&iacute;culo 22 en lo relativo a la duraci&oacute;n del mandato de las autoridades partidarias.<br />
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El PLD no establece el periodo y nosotros planteamos que en ning&uacute;n caso&nbsp;&nbsp;la duraci&oacute;n de esos periodos exceda el tiempo de mandato consagrado constitucionalmente para los cargos de elecci&oacute;n popular&rdquo;,&nbsp;&nbsp;es decir cuatro a&ntilde;os.<br />
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4)&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Art. 22 en lo que dice el proyecto del PLD sobre los derechos.<br />
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&nbsp;Difiere del proyecto de la JCE en su art&iacute;culo&nbsp;&nbsp;24, literal f) en cuanto&nbsp;&nbsp;a que es obligatoria la cuota de la mujer.</p>

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