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Finjus apoya Poder Ejecutivo promulgue el nuevo Código Penal

La Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) consideró que el nuevo Código Penal es una herramienta moderna que le permitirá al Estado contribuir a reducir los niveles de criminalidad que existen en el país y tornará más rápida la rehabilitación de muchos condenados.

Publicado: 24/11/2014

Finjus apoya Poder Ejecutivo promulgue el nuevo Código Penal

<p><strong>Santo Domingo,</strong></p>

<p>La Fundaci&oacute;n Institucionalidad y Justicia (FINJUS) consider&oacute; que el nuevo C&oacute;digo Penal es una herramienta moderna que le permitir&aacute; al Estado contribuir a reducir los niveles de criminalidad que existen en el pa&iacute;s y tornar&aacute; m&aacute;s r&aacute;pida la rehabilitaci&oacute;n de muchos condenados.<br />
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El vicepresidente ejecutivo de FINJUS, doctor Servio Tulio Casta&ntilde;os, dijo que esa entidad ha participado activamente en el proceso de discusi&oacute;n de esa pieza legislativa y que la misma es el producto del consenso de amplios sectores de la vida nacional.<br />
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&ldquo;El nuevo C&oacute;digo Penal, que debe ser promulgado, va a sustituir a una normativa penal material que tiene 130 a&ntilde;os, que es anterior a la dogm&aacute;tica jur&iacute;dico-penal moderna&rdquo;, apunt&oacute;.<br />
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Casta&ntilde;os Guzm&aacute;n dijo que si bien es cierto que algunas penas han sido aumentadas, eso en modo alguno vulnera el mandato constitucional que ordena rehabilitar y reinsertar a los condenados.<br />
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&ldquo;Las penas m&aacute;s altas, de 30 a 40 a&ntilde;os, se impondr&aacute;n a delitos muy graves como el genocidio, los cr&iacute;menes de lesa humanidad, las infracciones graves de guerra, los tratos crueles, inhumanos y degradantes que causen la muerte, el secuestro con tortura, la violaci&oacute;n seguida de la muerte de la v&iacute;ctima, as&iacute; como el sicariato, que no estaban tipificados en el C&oacute;digo Penal vigente&rdquo;, explic&oacute; el abogado.<br />
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Indic&oacute; que &ldquo;sin embargo, el nuevo C&oacute;digo Penal establece que esas penas altas podr&aacute;n ser rebajadas o sustituidas por otras penas menores si los jueces entienden que hay circunstancias que aten&uacute;an la responsabilidad penal del imputado&rdquo;.<br />
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&ldquo;Un C&oacute;digo Penal no est&aacute; dise&ntilde;ado para acabar con la delincuencia, sino para tipificar como delitos las conductas que lesionan y ponen en muy grave riesgo a bienes jur&iacute;dicos protegidos, como la vida, la integridad f&iacute;sica, la integridad sexual y otros que son protegidos en todas las sociedades civilizadas&rdquo;, manifest&oacute;.<br />
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Casta&ntilde;os Guzm&aacute;n dijo que cuestionar el nuevo C&oacute;digo Penal porque se castiguen con penas ejemplares delitos muy graves como el genocidio y la tortura, es desconocer que en todas las latitudes esas infracciones son conminadas con sanciones similares.<br />
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&ldquo;La Constituci&oacute;n no proh&iacute;be sancionar en forma ejemplar un delito muy grave. Lo que proh&iacute;be es que las penas vulneren los principios de proporcionalidad, necesidad, utilidad y razonabilidad&rdquo;, manifest&oacute;.<br />
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Calific&oacute; como un avance importante el establecimiento de institutos novedosos como el de la &ldquo;prisi&oacute;n programada&rdquo;, as&iacute; como el de la &ldquo;prisi&oacute;n por horas&rdquo; y la &ldquo;prisi&oacute;n de fin semana y d&iacute;as feriados&rdquo;, para personas condenadas a menos de un a&ntilde;o de prisi&oacute;n.<br />
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&ldquo;Esas formas novedosas de cumplimiento de la pena, le permitir&aacute; a muchos dominicanos cumplir su pena y, al mismo tiempo, trabajar y ayudar a sus familias, con lo cual su rehabilitaci&oacute;n y reinserci&oacute;n social ser&aacute; m&aacute;s r&aacute;pida y efectiva&rdquo;, asegur&oacute;.<br />
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<strong>&nbsp;El aborto terap&eacute;utico</strong><br />
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Casta&ntilde;os Guzm&aacute;n dijo que, del mismo modo, el nuevo C&oacute;digo Penal no debe ser criticado porque no despenalice totalmente el aborto.<br />
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&ldquo;El derecho al aborto que reclaman algunas organizaciones es un tema muy debatido y de dif&iacute;cil soluci&oacute;n, porque la Constituci&oacute;n establece que el derecho a la vida existe desde la concepci&oacute;n hasta la muerte&rdquo;, manifest&oacute;.<br />
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Explic&oacute; que, a pesar de ello, cuando la vida de la madre se encuentra en peligro y ello es avalado por estudios m&eacute;dicos serios, &ldquo;es probable que estemos en presencia de un estado de necesidad disculpante contemplado expresamente por el art&iacute;culo 22 de la nueva normativa y amparado por el art&iacute;culo 42 numeral 3 de la Constituci&oacute;n, expresamente mencionado por el texto que regula el aborto en el nuevo C&oacute;digo Penal&rdquo;.<br />
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&ldquo;El estado de necesidad ha sido tradicionalmente reconocido cuando la vida de la madre est&aacute; realmente en peligro pues en estos casos se presenta una de esas situaciones dif&iacute;ciles y humanamente traum&aacute;ticas en el Derecho, en la que, lamentablemente, dejar que la madre muera, en muchos casos, puede implicar, del mismo modo, la muerte inmediata del concebido&rdquo;, &nbsp;indic&oacute;.<br />
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Casta&ntilde;os Guzm&aacute;n dijo que el nuevo C&oacute;digo Penal ha incorporado varios institutos de la dogm&aacute;tica jur&iacute;dico-penal contempor&aacute;nea que procuran solucionar la colisi&oacute;n de bienes jur&iacute;dicos que merecen igual tutela.</p>

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