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Euclides desmiente empresario venezolano sobre compra de aseguradora del Banco Peravi

uclides ratifica Unión de Seguros es propiedad de Santoro, no de Ríos Virla. El funcionario expuso que la Ley 146-02, de carácter especial, es precisa en cuanto a los procedimientos de que son los aseguradores quienes deben someter la instancia para el cambio de propietario de acciones

Publicado: 01/12/2014

Euclides desmiente empresario venezolano sobre compra de aseguradora del Banco Peravi

<p>SANTO DOMINGO, Rep&uacute;blica Dominicana.- El Superintendente de Seguros, Euclides Guti&eacute;rrez F&eacute;lix, aclar&oacute; que la Uni&oacute;n de Seguros s&iacute; pertenece al ex presidente del intervenido&nbsp;<a href="http://acento.com.do/?s=banco+peravia&amp;post_type=post">Banco Peravia de Ahorros y Pr&eacute;stamos</a>, Lu&iacute;s Santoro, contrario a las declaraciones de Lu&iacute;s R&iacute;os Virla, quien aleg&oacute; haberla adquirido a trav&eacute;s de un contrato de venta.</p>

<p>Guti&eacute;rrez F&eacute;lix, sin embargo, explic&oacute; que la Superintendencia de Seguros recibi&oacute; la notificaci&oacute;n de la compra de las acciones de esa compa&ntilde;&iacute;a de Seguros por parte de R&iacute;os Virla, pero la misma le fue devuelta sin haberse aprobado,&nbsp; ya que en la solicitud de aprobaci&oacute;n de esta compra no se cumpli&oacute; con las formalidades que expresa el Articulo &nbsp;36 de la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas de la Rep&uacute;blica Dominicana.</p>

<p>El funcionario expuso que la Ley 146-02, de car&aacute;cter especial,&nbsp; es precisa en cuanto a los procedimientos de que son los aseguradores quienes deben someter la instancia para el cambio de propietario de acciones.</p>

<p>Revel&oacute; por igual,&nbsp; que en vista de la litis en la que estaban envueltos los accionistas y los proponentes para la compra de la empresa, nuestra Instituci&oacute;n esper&oacute; el tiempo necesario para que tanto el propietario legal, como el supuesto nuevo adquiriente, llegasen a un acuerdo y cumplieran con los procedimientos formales que explica la ley.</p>

<p>Se&ntilde;al&oacute; que incluso la Superintendencia de Seguros recibi&oacute; un acto de alguacil de parte del representante legal de Lu&iacute;s Santoro, &Aacute;ngel Lockward, mediante el cual hac&iacute;an oposici&oacute;n a la transferencia de las acciones al se&ntilde;or Lu&iacute;s R&iacute;os Virla, por lo que esta Superintendencia de Seguros, en raz&oacute;n de esa oposici&oacute;n sumado a las violaciones de las formalidades de la ley, no dio aquiescencia al acto de compra-venta sometido por el se&ntilde;or R&iacute;os Virla.</p>

<p>Asimismo, el Superintendente de Seguros defendi&oacute; el derecho que tiene de mantener el secreto por &eacute;tica financiera, cuando se trata de intervenciones de empresas, ya que las &ldquo;intervenciones&rdquo; no paralizan las operaciones de las mismas, sino m&aacute;s bien conceden un per&iacute;odo legal de 180 d&iacute;as para corregir las anomal&iacute;as, conforme al Articulo 185 de la Ley 146-02 Sobre Seguros y Fianzas de la Rep&uacute;blica Dominicana.</p>

<p>Precis&oacute;, que es incorrecto y contraproducente para la continuaci&oacute;n de las operaciones de cualquier empresa que est&eacute; en capacidad de corregir anomal&iacute;as, llevarla al debate p&uacute;blico financiero, al informar p&uacute;blicamente de su intervenci&oacute;n.</p>

<p>&ldquo;Ahora, si la empresa es suspendida o clausurada, la Ley 146-02 sobre Seguros y Fianzas nos da potestad para emitir la Resoluci&oacute;n correspondiente y publicarla en un medio de circulaci&oacute;n nacional, pero no as&iacute; las intervenciones de empresas, &eacute;stas no se hacen de p&uacute;blico conocimiento&rdquo;, precis&oacute; Guti&eacute;rrez F&eacute;lix.</p>

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