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En 2016 la reforma tributaria del 2012 dará su último coletazo con el ITBIS

También se retoma el ajuste por inflación al impuesto sobre la renta que se cobra a los asalariados

Publicado: 30/12/2015

En 2016 la reforma tributaria del 2012 dará su último coletazo con el ITBIS

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<p>SANTO DOMINGO.&nbsp;El 2016 inicia con una noticia buena y otra mala en materia tributaria para los asalariados medios y para los consumidores en general.</p>

<p>&iquest;Prefiere primero la buena? Como resultado del &uacute;ltimo paquetazo tributario del 9 de noviembre de 2012, conocido bajo el eufem&iacute;stico nombre de &ldquo;Ley No. 253-12 sobre el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible&rdquo;, desde 2012 se congel&oacute; el ajuste por inflaci&oacute;n a las escalas salariales para el cobro del impuesto sobre la renta a las personas f&iacute;sicas.</p>

<p>La congelaci&oacute;n fue aplicada en los a&ntilde;os 2013, 2014 y concluye en 2015, lo que hasta noviembre de este &uacute;ltimo a&ntilde;o abarca una inflaci&oacute;n acumulada de 7.9 %. Sus efectos impactan en todos los asalariados que ganan m&aacute;s de RD$33,350.00 al mes. Pero a partir de enero de 2016, deber&aacute;n ser beneficiados por el ajuste por inflaci&oacute;n.</p>

<p>Entre enero y noviembre de 2015, las recaudaciones por el impuesto a los ingresos de las personas f&iacute;sicas crecieron en 12.9 %. Pero dentro de &eacute;ste, el componente del impuesto a los salarios (por la Ley 11-92), el aumento en las recaudaciones fue a&uacute;n mayor, un 15.7%.</p>

<p>En su informe del mes de diciembre de 2014, la Direcci&oacute;n General de Impuestos Internos (DGII) explica que &ldquo;la no indexaci&oacute;n de los tramos salariales tiene un efecto positivo en el recaudo del Impuesto sobre los Ingresos de las Personas ya que el tramo exento permanece constante, aumentando la cantidad de personas que estar&iacute;an gravadas&rdquo;.</p>

<p>Informa que a diciembre de 2013, el 86% de los asalariados se encontraba exento del pago de impuesto sobre la renta (porque sus salarios eran inferiores al l&iacute;mite inferior del primer tramo). Pero agrega que durante 2014, ese porcentaje se redujo en 5.2 puntos porcentuales, lo que se tradujo en &ldquo;un incremento de 0.9, 1.5 y 2.8 puntos porcentuales en la proporci&oacute;n de contribuyentes gravados con una tasa de ISR de 15%, 20% y 25%, respectivamente&rdquo;.</p>

<p>Esto significa que por la no indexaci&oacute;n del impuesto sobre la renta, muchos asalariados que no pagaban este tributo, porque sus salarios eran inferiores a los tramos no exentos, comenzaron a descont&aacute;rsele ese impuesto. Pero a partir de enero de 2016, se prev&eacute; que la DGII implemente una nueva tabla de retenci&oacute;n ajustada a la tasa de inflaci&oacute;n, que es de suponer que sea superior al 7.9%, al sum&aacute;rsele la inflaci&oacute;n de diciembre de 2015.</p>

<p>La mala noticia.</p>

<p>Pero el a&ntilde;o nuevo viene cargado tambi&eacute;n con m&aacute;s impuestos. Es el momento en que la tasa diferenciada del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) de un salto de 3 puntos porcentuales, para situarse en el pelda&ntilde;o de 16%. Y a ese nivel llegar&aacute; para quedarse, de acuerdo con la Ley 253-12.</p>

<p>Esto encarece a un grupo de productos industrializados de consumo masivo. Incluye al yogurt, la mantequilla, el caf&eacute;, los aceites comestibles, los az&uacute;cares, el cacao y el chocolate.</p>

<p>Mantiene exento, sin embargo, a los animales vivos, las carnes frescas, refrigeradas y congeladas, el pescado de consumo, la leche y la miel, los vegetales, tub&eacute;rculos y frutas sin procesar, entre otros bienes de consumo masivo.</p>

<p>La tasa diferenciada del ITBIS fue creada por la Ley 153-12, e inici&oacute; con un 8 %. Ha ido escalando, al pasar a 11% y luego a 13%, en 2014 y 2015, respectivamente. Tambi&eacute;n el ITBIS tiene una tasa superior, que es de 18%, con que son gravados los productos de bienes y servicios no exentos.</p>

<p>El ITBIS, conocido en otros pa&iacute;ses como el impuesto al valor agregado (IVA), es una de las principales fuentes de ingresos del Gobierno. Hasta noviembre de 2015, ha aportado en este a&ntilde;o RD$78,067.14 millones, un monto mayor en 11% a lo recaudado para el mismo per&iacute;odo de 2014.</p>

<p>El presente Gobierno concluye su mandato el 16 de agosto, sin cumplir su meta de un pacto fiscal.</p>

<p>Mientras que el pa&iacute;s contin&uacute;a la senda del endeudamiento a la par que acumula d&eacute;ficit fiscales.</p>

<p>El Banco Mundial se&ntilde;ala en un informe de marzo de 2014 en el pa&iacute;s las sucesivas reformas tributarias &ldquo;no han abordado temas estructurales que se reflejan en la reducida base fiscal y (en el) sesgo hacia la tributaci&oacute;n indirecta&rdquo;.</p>

<p>Asimismo, el Fondo Monetario Internacional (FMI) advierte sobre los efectos de los d&eacute;ficits consolidados del sector p&uacute;blico. Mientras, los analistas huelen en el horizonte cercano otra reforma tributaria o fiscal.</p>

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