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Proyecto de Medina debió reconocer la nacionalidad a todos los nacidos en el país

El Comité de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas consideró que el Estado "debería dar acceso expedito a la nacionalidad dominicana" a todas las personas que nacieron en el territorio nacional, aunque no figuren en el Registro Civil.

Publicado: 16/05/2014

Proyecto de Medina debió reconocer la nacionalidad a todos los nacidos en el país

<p><strong style="font-size:13px; line-height:1.6em">SANTO DOMIGO.-</strong><span style="font-size:13px; line-height:1.6em">&nbsp;El Comit&eacute; de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas consider&oacute; que el Estado &ldquo;deber&iacute;a dar acceso expedito a la nacionalidad dominicana&rdquo; a todas las personas que nacieron en el territorio nacional, aunque no figuren en el Registro Civil.</span></p>

<p>El Comit&eacute; ponder&oacute; el proyecto de ley presentado al Congreso por el presidente Danilo Medina, pero record&oacute; que la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, &uacute;ltima instancia jur&iacute;dica del pa&iacute;s en esa materia, ya dictamin&oacute; que les corresponde la nacionalidad a los nacidos en el territorio nacional, seg&uacute;n la jurisprudencia establecida en la sentencia dictada en 2005 para el caso de las ni&ntilde;as Yean y Bosico.</p>

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<p>El Comit&eacute; entiende que el proyecto &ldquo;encuentra un camino&rdquo; para corregir la &ldquo;principal iniquidad&rdquo; de la citada sentencia, &ldquo;que es haber dispuesto el despojo de la nacionalidad, retroactivo hasta ocho d&eacute;cadas, a tantos que la hab&iacute;an adquirido&rdquo;.</p>
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<p>Sin embargo, el Comit&eacute; valora el proyecto como &ldquo;un esfuerzo del gobierno del presidente Danilo Medina por encontrar una salida humanitaria y de justicia al drama de la desnacionalizaci&oacute;n de decenas de miles de personas descendientes de extranjeros&rdquo;.</p>

<p>Recuerda que durante ocho d&eacute;cadas esos descendientes de extranjeros obtuvieron la nacionalidad amparados en el jus soli que establec&iacute;an las constituciones dominicanas hasta enero de 2010.</p>

<p>El Comit&eacute; defini&oacute; el proyecto de &ldquo;Ley que establece un r&eacute;gimen especial para personas nacidas en el territorio nacional inscritas irregularmente en el Registro Civil dominicano y sobre naturalizaci&oacute;n&rdquo; presentado por Medina a la C&aacute;mara de Diputados como &ldquo;una transacci&oacute;n&rdquo; que evade confrontar la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional.</p>

<p>La decisi&oacute;n del &oacute;rgano encabezado por Milton Ray Guevara despoja de la nacionalidad dominicana a personas asentadas en el Registro Civil. La medida afecta sobre todo a miles de descendientes de inmigrantes haitianos.</p>

<p>El Comit&eacute; entiende que el proyecto &ldquo;encuentra un camino&rdquo; para corregir la &ldquo;principal iniquidad&rdquo; de la citada sentencia, &ldquo;que es haber dispuesto el despojo de la nacionalidad, retroactivo hasta ocho d&eacute;cadas, a tantos que la hab&iacute;an adquirido&rdquo;.</p>

<p>&ldquo;Celebramos como una victoria que el Gobierno proponga reconocer la nacionalidad de aquellos a quienes los oficiales del Estado Civil se la hab&iacute;an otorgado&rdquo;, apunta el comit&eacute;. Recuerda que naci&oacute; para propugnar por &ldquo;una soluci&oacute;n al drama de las desnacionalizaciones&rdquo; bajo el&nbsp; imperio de la raz&oacute;n y el respeto a los derechos y la diversidad de la sociedad dominicana, &ldquo;rechazando odios, prejuicios&nbsp; y discriminaciones&rdquo;.</p>

<p>En ese sentido, acepta la formulaci&oacute;n del proyecto en cuanto a &ldquo;los desnacionalizados&rdquo;, aunque deja constancia de que eso no implica validar la consideraci&oacute;n de que esas inscripciones en el Registro Civil &ldquo;fueron irregulares&rdquo;.</p>

<p>&ldquo;Seguiremos sosteniendo que el despojo fue inconstitucional, incluso de acuerdo a la Constituci&oacute;n de 2010, que aunque limit&oacute; el r&eacute;gimen del, reconoci&oacute; la nacionalidad de todos los que la ten&iacute;an al momento de su promulgaci&oacute;n y ratific&oacute; el principio de la no retroactividad de la ley&rdquo;.</p>

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