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"Cada voto válido tiene un valor absoluto" dice la JCE sobre criterio para repartir fondos a partidos

Publicado: 14/02/2017

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<p>SANTO DOMINGO. La Junta Central Electoral (JCE) public&oacute; este martes la resoluci&oacute;n 002-17 que establece el criterio para repartir los fondos a los partidos, y en ella justifica su decisi&oacute;n de distribuir el dinero tras la sumatoria de los votos de todos los niveles, debido a que &ldquo;cada voto v&aacute;lido emitido tiene en el sistema democr&aacute;tico un valor absoluto&rdquo;.</p>

<p>&ldquo;Por lo que distinguir que un voto referente a un nivel determinado tiene m&aacute;s valor que otro constituye una discriminaci&oacute;n caprichosa y sin fundamento&rdquo;, dice la JCE en la resoluci&oacute;n.</p>

<p>Destaca igualmente que la Ley Electoral No. 275-97 en ninguno de sus art&iacute;culos crea una distinci&oacute;n entre los votos de nivel presidencial, congresual o municipal, sino que se refiere a Votos V&aacute;lidos Emitidos, por lo que no procede atribuirle arbitrariamente mayor valor a un nivel sobre otro.</p>

<p>El &oacute;rgano electoral estableci&oacute; que la distribuci&oacute;n de las contribuciones del Estado y el orden de la boleta es el resultado de la sumatoria de los votos v&aacute;lidos emitidos por los electores y obtenidos de manera individual por cada partido pol&iacute;tico en todos los niveles de elecci&oacute;n en que particip&oacute; en las elecciones generales del 15 de mayo de 2016.</p>

<p>Sin embargo, esta decisi&oacute;n es cuestionada por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), que critica que la Junta haya determinado este criterio, cuando el vigente para las pasadas elecciones solo tomaba en cuenta la votaci&oacute;n a nivel presidencial.</p>

<p>Este criterio, asumido en mayo de 2016, tambi&eacute;n fue objetado en su momento por un bloque de partidos, encabezado por el Reformista Social Cristiano.</p>

<p>En la resoluci&oacute;n, al referirse a este punto, la JCE dice: &ldquo;Al no haberse hecho firme, por estar abierta la v&iacute;a de la revisi&oacute;n, y por no haberse dictado a&uacute;n el Reglamento Sobre la Distribuci&oacute;n de la Contribuci&oacute;n Econ&oacute;mica del Estado a los Partidos Pol&iacute;ticos y la Resoluci&oacute;n que asigna el orden de los partidos en la boleta electoral, puede ser variado fruto de la revisi&oacute;n de la decisi&oacute;n recurrida&rdquo;.</p>

<p>La resoluci&oacute;n fue comunicada este martes a los partidos pol&iacute;ticos reconocidos este martes y publicada a la vez en la p&aacute;gina de la JCE.</p>

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