MEDIDA CAUTELAR
Publicado: 04/10/2017
<p>El Tribunal Superior Administrativo (TSA) rechazó la solicitud de medida cautelar mediante la cual se buscaba la suspensión del contrato suscrito entre el consorcio Odebrecht-Tecnimont-Estrella y la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) para la construcción de la planta a carbón Punta Catalina.</p>
<p>La Tercera sala del TSA consideró que la parte solicitante no exhibe un caso que amerite de la imposición de una medida cautelar, con miras a suspender los efectos jurídicos del contrato porque deben palparse los elementos previstos en la Ley 13-07.</p>
<p>Argumentó que esa sala no ha comprobado un latente peligro que pudiera dificultar la ejecución de la sentencia, que posteriormente emanara en respuesta del recurso contencioso administrativo del cual depende la solicitud de medida cautelar.</p>
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