Turno Libre

En defensa del empleado

En defensa del empleado

Publicado: 06/04/2018

En defensa del empleado

<p>Salom&oacute;n es uno de los tantos profesionales que hacen posible que esta columna llegue a sus manos. Como es casi la norma, lleva concurrentemente dos empleos, el de por &ldquo;la ma&ntilde;ana&rdquo; y otro &ldquo;por la tarde&rdquo; (que es, realmente, un doble turno por las noches). T&iacute;picamente lo veo entrar a la redacci&oacute;n justo cuando me retiro de escribir.<img src="https://estatico3.diariolibre.com/binrepository/400x784/0c0/0d0/none/10904/GEFA/image_content_9782799_20180404191901.jpg" style="float:right; height:490px; width:250px" /></p>

<p>Como Salom&oacute;n hay, sin temor a equivocarme, decenas de miles de dominicanos que, para acercarse, aunque sea m&iacute;nimamente al sue&ntilde;o de &ldquo;la clase media&rdquo; aprovechan las oportunidades del pluriempleo: El conserje que es tambi&eacute;n guardi&aacute;n, el juez que tambi&eacute;n es profesor y la cajera que es contadora por las noches.</p>

<p>Una noche Salom&oacute;n alcanz&oacute; a verme en la televisi&oacute;n, comentando las recientes medidas tomadas por la Direcci&oacute;n General de Impuestos Internos para fortalecer el cobro del impuesto sobre la renta, espec&iacute;ficamente el de los empleados.</p>

<p>Salom&oacute;n no se dio por aludido con mi comentario. Trabajaba en dos empresas reconocidas, con sus respectivos departamentos de recursos humanos, y si alguna ventaja tiene el ser empleado, pensaba mi amigo, es que uno no tiene que mortificarse con eso de la DGII, ni la TSS ni con las AFPs o la ARL, iniciales que todos los meses se quedaban con una parte de sueldo. &ldquo;&iquest;Para qu&eacute;? No s&eacute;...&rdquo;</p>

<p>Le llamamos de la DGII</p>

<p>Su despreocupaci&oacute;n dur&oacute; hasta una ma&ntilde;ana, cuando al abrir su correo electr&oacute;nico se encontr&oacute; con un mensaje de la &ldquo;DGII&rdquo;. Escueto, con t&eacute;rminos que no entend&iacute;a, algo confuso, el mensaje invitaba a Salom&oacute;n a que pasara por unas de las oficinas de la administraci&oacute;n tributaria de Impuestos Internos.</p>

<p>Record&oacute; mi comentario en el noticiero, sonri&oacute;, pero sigui&oacute; tranquilo. &ldquo;Eso tiene que ser un error&rdquo; y borr&oacute; el mensaje, pas&aacute;ndolo a su bandeja de correos basura. &ldquo;La DGII que resuelva con mis empleadores, yo no tengo que ver con ellos&rdquo; pens&oacute;, como para justificar su descuido.</p>

<p>Hasta que una ma&ntilde;ana, dadas las constantes llamadas del &ldquo;call center&rdquo; de la DGII, decidi&oacute; apersonarse a la oficina que le hab&iacute;an indicado, para salir de esa necedad burocr&aacute;tica.</p>

<p>&ldquo;Se&ntilde;or Salom&oacute;n, tengo a bien informarle que, por concepto de impuesto sobre la renta dejado de pagar, usted tiene una deuda con la DGII, incluyendo recargos, de RD$130,000 que debe ser saldada inmediatamente.&rdquo;</p>

<p>Salom&oacute;n ni alcanz&oacute; a sonre&iacute;r. Le parec&iacute;a un chiste, una burla. &ldquo;No puede ser...&rdquo; intent&oacute; balbucear, hasta que fue interrumpido por el formulario, con n&uacute;meros que &eacute;l no entend&iacute;a, donde se evidenciaba, en negrita, el monto total adeudado, que le entreg&oacute; la recaudadora de impuestos.</p>

<p>La ley es dura, pero es ley</p>

<p>&ldquo;Otro motivo m&aacute;s que me tiene desencantado de este pa&iacute;s, Potrillo&rdquo; me escribi&oacute;, indignado, Salom&oacute;n. &ldquo;Yo me pregunto si la misi&oacute;n es que desaparezca la clase media.&rdquo;</p>

<p>Le escuch&eacute;. Luego de algunas preguntas, me quedaba claro lo ocurrido: En ambas empresas donde Salom&oacute;n laboraba, su ingreso no alcanzaba los RD$35,000 mensuales. Siendo as&iacute;, estaba exento de pagar el impuesto sobre la renta de forma individual.</p>

<p>Lo que Salom&oacute;n, al igual que muchos otros desconocen, es que, en el caso de tener dos fuentes de ingresos como asalariado, el empleado (no el empleador) tiene la obligaci&oacute;n de elegir un &uacute;nico agente de retenci&oacute;n frente a la DGII que ser&aacute; quien har&aacute; las retenciones del impuesto sobre la renta, no por un monto aislado, sino por el ingreso total del empleado.</p>

<p>&ldquo;En tu caso, querido amigo, lamento informarte que desde que est&aacute;s ganando los RD$35,000 en ambos sitios te debieron retener RD$5,300 por concepto de impuesto sobre la renta dado tu ingreso bruto de RD$70,000. Como no lo has hecho durante todo este tiempo, te lo est&aacute;n cobrando, incluyendo, por lo visto, ciertos recargos y moras por lo que, en efecto, fue una evasi&oacute;n de impuestos.&rdquo; Salom&oacute;n abr&iacute;a y cerraba los ojos, con un ataque de ira y nervios. &ldquo;Es decir que... adem&aacute;s de tener que buscar m&aacute;s de RD$130,000 de un fuetazo, &iquest;ahora tambi&eacute;n me retendr&aacute;n RD$5,300 en impuestos todos los meses? &iquest;RD$64,000 al a&ntilde;o?&rdquo;</p>

<p>Sugerencias a la DGII</p>

<p>Guardando el anonimato de Salom&oacute;n, el caso anteriormente descrito es totalmente real. Como a mi amigo en la redacci&oacute;n, muchos m&aacute;s est&aacute;n recibiendo este trago amargo con un sentido de indignaci&oacute;n, incredulidad y, francamente, perplejidad.</p>

<p>Esta es la ley y la DGII no est&aacute; haciendo otra cosa que aplicarla. Como le corresponde, y como, aunque sea antip&aacute;tico hacerlo, le aplaudo. Dicho esto, me quedan tres preguntas.</p>

<p>&iquest;En qu&eacute; momento se concientiz&oacute;, aunque sea m&iacute;nimamente, al contribuyente asalariado con dos empleos de la obligaci&oacute;n que tiene de, utilizando el formulario IR-10, designar un agente de retenci&oacute;n &uacute;nico para su impuesto sobre la renta? &iquest;No se hubiese podido, con antelaci&oacute;n y quiz&aacute;s a trav&eacute;s de los mismos empleadores, alertar a los empleados de este mandato bajo el C&oacute;digo Tributario del 1992?</p>

<p>Siendo que la desinformaci&oacute;n, m&aacute;s que la intenci&oacute;n de defraudar al fisco, explicar&aacute; la gran mayor&iacute;a de estos incidentes, &iquest;No se habr&iacute;a podido lograr una implementaci&oacute;n m&aacute;s organizada o por lo menos gradual, de tal forma de no atropellar las ya magras finanzas de quienes son, en definitiva, simples empleados tratando de alcanzar la elusiva &ldquo;clase media&rdquo;? De no ser posible eliminar las deudas del pasado, &iquest;podr&iacute;a la DGII, que para los fines tambi&eacute;n ha estado incumpliendo la ley desde el 1992 hasta la fecha (26 a&ntilde;os), por lo menos no aplicar los recargos y moras por cobros no pagados?</p>

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