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¿Quién es el nuevo ministro de Trabajo?

El nuevo ministro de Trabajo, Winston Antonio Santos Ureña, fue hasta el momento de su ascenso, con el decreto 215-18, el viceministro de Seguridad Social y Riesgos Laborales.

Publicado: 31/05/2018

¿Quién es el nuevo ministro de Trabajo?

<p>SANTO DOMINGO. El nuevo ministro de Trabajo, Winston Antonio Santos Ure&ntilde;a, fue hasta el momento de su ascenso, con el decreto 215-18, el viceministro de Seguridad Social y Riesgos Laborales.</p>

<p>Santos Ure&ntilde;a sustituye en la cartera a Jos&eacute; Ram&oacute;n Fadul, quien a la vez, y en la misma orden del presidente, pasa al Ministerio de Interior y Polic&iacute;a, cargo que Fadul ha ocupado en el pasado.</p>

<p>Santos Ure&ntilde;a lleg&oacute; al viceministerio en el a&ntilde;o 2012, nombrado a trav&eacute;s del decreto 557-12, el 8 de septiembre. Con el que tambi&eacute;n fue nombrado Arismendy Bautista.</p>

<p>Como pol&iacute;tico, fue electo al comit&eacute; central del Partido de la Liberaci&oacute;n Dominicana como el segundo dirigente m&aacute;s votado en la circunscripci&oacute;n uno de la provincia Santo Domingo durante el VIII Congreso Comandante Norge Botello.</p>

<p>De acuerdo con el ministerio de Administraci&oacute;n P&uacute;blica entre sus funciones estaban:</p>

<p>&bull; Seguir y evaluar las pol&iacute;ticas a su cargo; dirigir, planificar, coordinar y supervisar las actividades de las dependencias de su respectivo despacho; y resolver los asuntos que les sometan sus funcionarios o funcionarias, de lo cual dar&aacute;n cuenta al ministro o ministra&rdquo;;</p>

<p>&bull; Ejercer la administraci&oacute;n, direcci&oacute;n, inspecci&oacute;n y resguardo de los bienes y servicios de sus respectivos despachos;</p>

<p>&bull; Comprometer y ordenar, por delegaci&oacute;n del ministro, los gastos correspondientes a las dependencias a sus cargos;</p>

<p>&bull; Suscribir los actos y correspondencia de los despachos a sus cargos;</p>

<p>&bull; Cumplir y hacer cumplir las &oacute;rdenes e instrucciones que les comunique el ministro, a quien dar&aacute;n cuenta de su actuaci&oacute;n;</p>

<p>&bull; Coordinar aquellas materias que el ministro disponga llevar al conocimiento del o de la Presidente de la Rep&uacute;blica, del o de la Vicepresidente, al Consejo de Ministros y a los gabinetes sectoriales;</p>

<p>&bull; Asistir a los gabinetes ministeriales y presentar en los mismos los informes, evaluaciones y opiniones sobre las pol&iacute;ticas de los ministerios;</p>

<p>&bull; Llevar a conocimiento y resoluci&oacute;n del ministro, los asuntos o solicitudes que requieran su intervenci&oacute;n, incluyendo las que por su &oacute;rgano sean presentadas por las comunidades organizadas y las organizaciones p&uacute;blicas no estatales legalmente constituidas;</p>

<p>&bull; Someter a la decisi&oacute;n del ministro los asuntos de su atribuci&oacute;n en cuyos resultados tenga inter&eacute;s personal directo, por s&iacute; o a trav&eacute;s de terceras personas;</p>

<p>&bull; Delegar atribuciones, gestiones y la firma de documentos, conforme a lo que establezca esta ley y su reglamento.</p>

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