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Completar afiliaciones y organizar Comités Municipales es tarea de tod@s.

Completar afiliaciones y organizar Comités Municipales es tarea de tod@s.

Publicado: 27/11/2018

Completar afiliaciones y organizar Comités Municipales es tarea de tod@s.

<p><strong>Completar afiliaciones y organizar Comit&eacute;s Municipales es tarea de tod@s.</strong></p>

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<p>La inscripci&oacute;n o reconocimiento electoral de un partido pol&iacute;tico de car&aacute;cter abierto y democr&aacute;tico como el MPT tiene una trascendencia&nbsp; en su construcci&oacute;n y posicionamiento pol&iacute;tico, que va mucho m&aacute;s all&aacute; de los par&aacute;metros e imposiciones legales establecidos en la ley electoral (275-97) o de partidos, agrupaciones y movimientos pol&iacute;ticos (33-18).</p>

<p>Dicho sea de paso, ambas legislaciones de contenido altamente antidemocr&aacute;tico, excluyentes, hechuras a la medida y conveniencia de los partidos tradicionales y aplicadas de manera sesgada por la Junta Central Electoral.</p>

<p>Una organizaci&oacute;n pol&iacute;tica sin acreditaci&oacute;n legal, no solo no puede participar en unas elecciones utilizando sus propias credenciales, si no que est&aacute; fuera del imaginario emocional, social y pol&iacute;tico de la poblaci&oacute;n votante, que de ante mano e inteligentemente sabe que quien no tiene licencia para participar en unas elecciones, aun sea un partido estructurado y con ciertos recursos, por el momento est&aacute;&nbsp; fuera de competencia electoral.</p>

<p>En consecuencia, para construir un partido electoral es conveniente contar con la licencia legal y para conquistarla, no es suficiente llenar los requisitos que impone la ley, sino que significa tambi&eacute;n motivar y ganar el respeto de la poblaci&oacute;n, creando una&nbsp; real imagen de lucha por el poder.</p>

<p>El reconocimiento se logra configurando un ambiente de presencia e iniciativa pol&iacute;tica, de participaci&oacute;n en los escenarios de lucha; con una actitud ideol&oacute;gica combativa,&nbsp; de desaf&iacute;o a los obst&aacute;culos presentados por los enemigos de clase; proyectando una perspectiva de&nbsp;&nbsp; &eacute;xito, de victoria, desterrando cualquier sentimiento de marginalidad, defensiva y pesimismo que pretenda&nbsp; debilitar el esp&iacute;ritu patri&oacute;tico y revolucionario emepeteista.</p>

<p>Nuestro partido est&aacute; enfrascado en conquistar su reconocimiento legal, y lo vamos a coronar con la victoria, pero debemos admitir y denunciar que los partidos tradicionales han logrado aprobar e imponer duras trabas que cada d&iacute;a dificultan m&aacute;s el ejercicio de la pol&iacute;tica a las fuerzas pol&iacute;ticas alternativas y revolucionarias.</p>

<p>Al clientelismo, la corrupci&oacute;n, al uso y abuso de los recursos del Estado en su provecho, al monopolio de los medios de comunicaci&oacute;n, al secuestro del financiamiento dedicado a &ldquo;apoyar&rdquo; las actividades&nbsp; electorales, el que reparten pr&aacute;cticamente a s&oacute;lo tres partidos, se agregan los obst&aacute;culos incluidos en la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Pol&iacute;ticos (33-18), para intentar impedir que nuevas organizaciones obtengan su reconocimiento.</p>

<p>Ejemplos son el Articulo 14, numerales 6 y 8 que obligan a presentar&nbsp; &ldquo;&hellip;declaraci&oacute;n jurada&hellip; de que el partido&hellip;, cuenta con ciudadanos, que asintieron con sus firmas, en una cantidad no menor del dos por ciento (2%)&hellip;&rdquo; (lo que equivale a buscar 100 mil firmas o afiliaciones) y &ldquo;Una declaraci&oacute;n de los organizadores en la cual se haga constar que el partido pol&iacute;tico tiene organismos de direcci&oacute;n provisionales operando y funcionando en, por lo menos, cada uno de los municipios en el caso de los partidos pol&iacute;ticos.&rdquo;</p>

<p>Igualmente en el Art. 25, numeral 12, reza&nbsp; entre las prohibiciones a los partidos reci&eacute;n reconocidos &ldquo;Concurrir aliados en el primer proceso electoral ante el cual se presentan,&hellip;&rdquo;. En tanto en el art&iacute;culo 75, numerales 1 y 2, sobre las causas para perder el reconocimiento establece &ldquo;No haber obtenido por lo menos un uno por ciento (1%) de los votos v&aacute;lidos emitidos en las &uacute;ltimas elecciones&hellip; y por &ldquo;No haber obtenido representaci&oacute;n congresual o municipal en las &uacute;ltimas elecciones generales&rdquo;.</p>

<p>Por su parte la Junta Central Electoral, lejos de propiciar una gesti&oacute;n incluyente, con transparencia en cuanto a la evaluaci&oacute;n de los expedientes presentados a su consideraci&oacute;n, ha actuado hist&oacute;ricamente con esp&iacute;ritu antidemocr&aacute;tico, retrasando los procesos, realizando los levantamientos de campo casi en secreto y formulando preguntas confusas, provocando que gran parte de la poblaci&oacute;n que aporta&nbsp; sus datos personales, no recuerde o no se atreva a confirmar su apoyo al reconocimiento de un partido.</p>

<p>Con una legislaci&oacute;n y un ambiente hostiles y antidemocr&aacute;ticos, el reconocimiento electoral es cada vez m&aacute;s dif&iacute;cil de obtener y mantener, por lo que se convierte en una gran tarea que debemos empu&ntilde;ar con fuerza hasta la victoria.</p>

<p>Completar las afiliaciones que nos faltan y organizar los 158 comit&eacute;s municipales que nos obliga la Ley es tarea de todas y todos.</p>

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