Turno Libre

Continúan los ataques al privilegio de jurisdicción a imputados caso Odebrecht

$!Continúan los ataques al privilegio de jurisdicción a imputados caso Odebrecht El fallo sobre los incidentes se dará a conocer a las 9:00 de la mañana del 6 de diciembre

Publicado: 30/11/2018

Continúan los ataques al privilegio de jurisdicción a imputados caso Odebrecht

<p>Ante la declaratoria de inadmisibilidad hecha por la Segunda sala Penal de la Suprema Corte de Justicia a los recursos de apelaci&oacute;n contra la decisi&oacute;n de no declinar a la jurisdicci&oacute;n del Distrito Nacional los expedientes de varios imputados por el caso Odebrecht, Francisco Ortega Polanco conoci&oacute; varios recursos de oposici&oacute;n que le plantearon.</p>

<p>El fallo fue diferido para el 6 de diciembre a las 9:00 de la ma&ntilde;ana.</p>

<p>En la audiencia iniciada ayer a las 9:00 de la ma&ntilde;ana y concluida alrededor de las 6:00 de la tarde, la defensa de Andr&eacute;s Bautista Garc&iacute;a abri&oacute; el debate respecto a, seg&uacute;n lo que establecen los abogados, una err&oacute;nea aplicaci&oacute;n de la ley al fusionar y rechazar la declinatoria y sobreseimiento de la acci&oacute;n penal hasta tanto el Senado sometiera al senador Tommy Gal&aacute;n Grull&oacute;n a un juicio disciplinario.</p>

<p>&nbsp;</p>

<p>Los abogados de Bautista Garc&iacute;a, afirmaron que el magistrado estaba en la obligaci&oacute;n de explicar c&oacute;mo se establece la conexidad entre los hechos imputados a su cliente y los que presuntamente cometi&oacute; el senador. Dijeron que varias jurisprudencias citas por el juez no son aplicables en el caso.</p>

<p>Al recurso de oposici&oacute;n se adhirieron de manera parcial, &Aacute;ngel Rond&oacute;n Rijo, V&iacute;ctor D&iacute;az R&uacute;a y Conrado Pittaluga, mientras que Juan Roberto Rodr&iacute;guez impugn&oacute; la decisi&oacute;n de acumular, para fallar luego de que el Ministerio P&uacute;blico presente acusaci&oacute;n, lo relativo a la prescripci&oacute;n de la acci&oacute;n penal y la nulidad de la acusaci&oacute;n.</p>

<p>Pittaluga se&ntilde;ala que la resoluci&oacute;n 012-2018, contiene vicios, y que uno de ellos es no haber explicado en qu&eacute; manera se manifiesta la conexidad de hechos o los elementos en los cuales el juez se fundament&oacute; para determinar que su expediente deb&iacute;a permanecer en la jurisdicci&oacute;n privilegiada.</p>

<p>Rond&oacute;n Rijo, critic&oacute; que el magistrado haya decidido no referirse, por ahora, a lo relativo al pedimento de anular pruebas recolectadas por el Ministerio P&uacute;blico, alegando violaciones a derechos fundamentales y el debido proceso al presuntamente ocultarles evidencias recogidas en la fase investigativa.</p>

<p>D&iacute;az R&uacute;a, adem&aacute;s de adherirse a los planteamientos de la defensa de Andr&eacute;s Bautista y sus predecesores, pidi&oacute; al juez reevaluar el medio de inadmisi&oacute;n mediante el cual solicita declarar inconstitucional la derogada Ley 82-79 sobre declaraci&oacute;n jurada de bienes. Se&ntilde;ala que esa normativa no establece condenas espec&iacute;ficas.</p>

<p>Los fiscales replicaron los argumentos de los abogados se&ntilde;alando que se trata de hechos ya juzgados y que adem&aacute;s no existen elementos nuevos para que el juez var&iacute;e su decisi&oacute;n.</p>

<p>Fiscales responden</p>

<p>El Ministerio P&uacute;blico neg&oacute; que la sentencia del juez carezca de motivaci&oacute;n y que haya utilizado jurisprudencias no aplicables en lo concerniente al arrastre de los coimputados a la jurisdicci&oacute;n privilegiada. Se&ntilde;al&oacute; que la inmunidad de la que goza el senador es parlamentaria y, por consiguiente, el aforado puede ser perseguido penalmente sin que intervenga un juicio pol&iacute;tico.</p>

<ul>
</ul>

<ul style="list-style-type:none">
</ul>

<ul style="list-style-type:none">
</ul>

<ol>
</ol>

<ul>
</ul>

← Volver al inicio