03 de Mayo de 2026

 


En la práctica municipal dominicana, la rendición de cuentas se ha consolidado como un acto institucional reconocido: presentaciones formales, discursos, listado de obras ejecutadas y logros alcanzados durante el año. Es un ejercicio que aporta valor en términos de transparencia básica.

 

Sin embargo, hay una pregunta clave: ¿este ejercicio permite realmente a la ciudadanía entender cómo se maneja el gobierno local? Porque no es lo mismo rendir cuentas que explicar las cuentas.

 

El marco legal es claro en cuanto al fondo. La Ley 176-07, que rige los gobiernos locales en la República Dominicana, establece en sus artículos 246 y 359 que los servidores públicos deben rendir cuentas ante los ciudadanos, explicando sus acciones, el uso de los recursos y sometiéndose a mecanismos de control.

 

Aunque en la práctica este deber se ha materializado en un acto anual, la ley no lo define como un evento único ni establece una fecha o formato específico. Lo que sí establece es una obligación más amplia: rendir cuentas de forma continua, explicando el uso de los recursos y respondiendo ante la ciudadanía a través de mecanismos de información y transparencia institucional.

 Rendición de cuentas municipal: no es solo mostrar, es explicar.

03 de Mayo de 2026

 

En la práctica municipal dominicana, la rendición de cuentas se ha consolidado como un acto institucional reconocido: presentaciones formales, discursos, listado de obras ejecutadas y logros alcanzados durante el año. Es un ejercicio que aporta valor en términos de transparencia básica.

 

Sin embargo, hay una pregunta clave: ¿este ejercicio permite realmente a la ciudadanía entender cómo se maneja el gobierno local? Porque no es lo mismo rendir cuentas que explicar las cuentas.

 

El marco legal es claro en cuanto al fondo. La Ley 176-07, que rige los gobiernos locales en la República Dominicana, establece en sus artículos 246 y 359 que los servidores públicos deben rendir cuentas ante los ciudadanos, explicando sus acciones, el uso de los recursos y sometiéndose a mecanismos de control.

 

Aunque en la práctica este deber se ha materializado en un acto anual, la ley no lo define como un evento único ni establece una fecha o formato específico. Lo que sí establece es una obligación más amplia: rendir cuentas de forma continua, explicando el uso de los recursos y respondiendo ante la ciudadanía a través de mecanismos de información y transparencia institucional.

 

Ahí es donde aparece la principal brecha entre la formalidad y la transparencia real. En muchos municipios se cumple con el acto, pero no necesariamente con el contenido. Se presentan obras y resultados, pero pocas veces se explica cómo funciona el presupuesto municipal, cómo se distribuyen los recursos o cuáles son los costos reales de operar un gobierno local.

 

Y ese punto es determinante. El presupuesto municipal no es un monto libre. La Ley 176-07, en su artículo 21 —recientemente actualizado por la Ley 75-25—, establece que los recursos deben distribuirse en componentes específicos, con porcentajes definidos por ley: inversión en obras, servicios municipales, programas sociales vinculados a educación, salud y género, y gastos de personal.

 

 

A esto se suma otro elemento estructural. La Ley 166-03 establece que los gobiernos locales deben recibir transferencias equivalentes al 10% de los ingresos del Estado. Aunque este porcentaje no se ha alcanzado plenamente, estas transferencias siguen siendo una fuente clave de financiamiento para la operación municipal, generalmente complementadas por ingresos propios —muchas veces limitados— provenientes de impuestos y arbitrios.

 

Sin entender estos elementos —cómo se organiza el presupuesto y de dónde provienen los recursos— resulta difícil que la ciudadanía pueda evaluar con criterio la gestión pública.

 

En ese contexto, comienzan a surgir experiencias que apuntan en otra dirección. Un caso reciente es el de la Junta Distrital de Monte de la Jagua, Moca donde la rendición de cuentas incorporó la explicación del manejo financiero como parte central del ejercicio.

 

Más allá de presentar resultados, se abordaron aspectos clave para la comprensión ciudadana. Se explicó cómo se estructura el presupuesto y cómo se ejecuta en la práctica, mostrando escenarios reales de gasto en un “mes típico”: combustible, mantenimiento, operación de servicios y compromisos laborales. Esto permite entender que la gestión pública no se limita a obras visibles, sino que implica una operación constante que requiere planificación y control.

 

También se presentaron recursos gestionados fuera del presupuesto ordinario, evidenciando la capacidad del gobierno local para atraer fondos adicionales en beneficio del territorio. Este tipo de enfoque cambia la lógica del ejercicio.

 

La rendición de cuentas deja de ser una exposición de resultados y pasa a ser una explicación del funcionamiento del gobierno. Y ahí está el punto central: no se trata solo de cumplir con el acto, sino de lograr que la ciudadanía entienda.

 

La rendición de cuentas necesita evolucionar hacia formatos más claros, comprensibles y basados en información útil para el ciudadano. Porque la transparencia no se agota en mostrar datos; se trata de hacerlos entendibles.

 

En un entorno donde muchas veces la rendición de cuentas se queda en la formalidad, avanzar hacia ejercicios más explicativos representa un paso importante hacia una gestión pública más madura.

 

Al final, el verdadero reto no es rendir cuentas. El verdadero reto es explicarlas.

 

 

Ing. Ricardo A. López Taveras

Consultor en Tecnología, Planificación, Proyectos y Gestión Pública

Ahí es donde aparece la principal brecha entre la formalidad y la transparencia real. En muchos municipios se cumple con el acto, pero no necesariamente con el contenido. Se presentan obras y resultados, pero pocas veces se explica cómo funciona el presupuesto municipal, cómo se distribuyen los recursos o cuáles son los costos reales de operar un gobierno local.

 

Y ese punto es determinante. El presupuesto municipal no es un monto libre. La Ley 176-07, en su artículo 21 —recientemente actualizado por la Ley 75-25—, establece que los recursos deben distribuirse en componentes específicos, con porcentajes definidos por ley: inversión en obras, servicios municipales, programas sociales vinculados a educación, salud y género, y gastos de personal.

 

 

A esto se suma otro elemento estructural. La Ley 166-03 establece que los gobiernos locales deben recibir transferencias equivalentes al 10% de los ingresos del Estado. Aunque este porcentaje no se ha alcanzado plenamente, estas transferencias siguen siendo una fuente clave de financiamiento para la operación municipal, generalmente complementadas por ingresos propios —muchas veces limitados— provenientes de impuestos y arbitrios.

 

Sin entender estos elementos —cómo se organiza el presupuesto y de dónde provienen los recursos— resulta difícil que la ciudadanía pueda evaluar con criterio la gestión pública.

 

En ese contexto, comienzan a surgir experiencias que apuntan en otra dirección. Un caso reciente es el de la Junta Distrital de Monte de la Jagua, Moca donde la rendición de cuentas incorporó la explicación del manejo financiero como parte central del ejercicio.

 

Más allá de presentar resultados, se abordaron aspectos clave para la comprensión ciudadana. Se explicó cómo se estructura el presupuesto y cómo se ejecuta en la práctica, mostrando escenarios reales de gasto en un “mes típico”: combustible, mantenimiento, operación de servicios y compromisos laborales. Esto permite entender que la gestión pública no se limita a obras visibles, sino que implica una operación constante que requiere planificación y control.

 

También se presentaron recursos gestionados fuera del presupuesto ordinario, evidenciando la capacidad del gobierno local para atraer fondos adicionales en beneficio del territorio. Este tipo de enfoque cambia la lógica del ejercicio.

 

La rendición de cuentas deja de ser una exposición de resultados y pasa a ser una explicación del funcionamiento del gobierno. Y ahí está el punto central: no se trata solo de cumplir con el acto, sino de lograr que la ciudadanía entienda.

 

La rendición de cuentas necesita evolucionar hacia formatos más claros, comprensibles y basados en información útil para el ciudadano. Porque la transparencia no se agota en mostrar datos; se trata de hacerlos entendibles.

 

En un entorno donde muchas veces la rendición de cuentas se queda en la formalidad, avanzar hacia ejercicios más explicativos representa un paso importante hacia una gestión pública más madura.

 

Al final, el verdadero reto no es rendir cuentas. El verdadero reto es explicarlas.

 

 

Ing. Ricardo A. López Taveras

Consultor en Tecnología, Planificación, Proyectos y Gestión Pública